Concejo Municipal de Villa Cañas

Lunes, 03 Julio 2017 16:41

Ordenanza Nº 1106/17

VISTO:

             La Resolución Nº 1.808 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de una (1) vivienda en LOTE PROPIO; Según Nota Nº 3.221/16; y

CONSIDERANDO:

              Que, la Ley Nº 5.188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus artículos 41 y 68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;

              Que, mediante el Decreto Nº 1.698/84, ratificado por el Nº 1.007/85, se crea un sistema que permite a las comunas y municipalidades afectar al fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado de acto administrativo correspondiente;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro..-  Autorìzase, al Sr. Intendente Municipal Dr. Norberto Raúl Gizzi, a firmar el contrato de obra pública respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-

Artículo 2do..- Adhiérase la Municipalidad de Villa Cañás al sistema creado por Decreto Nº 1.698/84 ratificado por el Nº 1.007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-

Artículo 3ro..-   Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:41

Ordenanza Nº 1105/17

VISTO:

La tramitación iniciada ante la Dirección de Vivienda y Urbanismo para la construcción de una (1) vivienda, que obran en la Nota Nº 3.221/16, de los registros del aludido Organismo; y

CONSIDERANDO:

Que, es necesario contar, previo a la aprobación del trámite con la presentación de Estudio de Suelo del Terreno afectado a la construcción de viviendas;

 

Que, según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..-   Asumir, la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previsto en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de viviendas.-

 

Artículo 2do..-   Comuníquese al Organismo pertinente.-

 

Artículo 3ro..-   Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:40

Ordenanza Nº 1104/17

VISTO:

 

El próximo inicio de los trabajos para la concreción de la Obra de Construcción de Viviendas Individuales en Lotes Propios (Res. Nº 1.808). Según Nota Nº 3.221/16; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la obra de referencia se construirá por Administración Comunal, se hace necesario el nombramiento de profesionales habilitados e inscriptos en los Colegios Profesionales de Ingenieros Civiles, Ingenieros en Construcciones, Arquitectos, Técnicos Constructores Nacionales o Maestros Mayores de Obras de la Provincia de Santa Fe;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..-   Desígnese, Técnico de la Municipalidad de la localidad de Villa Cañás a la Sra. Profesional Ingeniera Civil Tania Zidanelia Borsato, DNI 25.941.681, Nº de Matrícula C.P.I.C. 2-1433-7, con asesoramiento, confección de planos y realización de todas las tramitaciones correspondientes hasta la finalización de la obra cuando lo determine la Municipalidad de Villa Cañás.-

 

Artículo 2do..- Los Servicios Profesionales, serán liquidados atento a lo pactado según contrato de obra.-

 

Artículo 3ro..-    Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:39

Ordenanza Nº 1103/17

VISTO:

Los planos elevados por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para su aprobación del Diseño Urbano y Diseño Habitacional para la construcción de una (1) vivienda en la localidad de Villa Cañás. Según Nota Nº 3.221/16; y

CONSIDERANDO:

Que, los mismos se hallan comprendidos dentro de las reglamentaciones en vigencia y la construcción proyectada vendría a cubrir parte de la necesidad habitacional en nuestro medio a la vez de contribuir al mejoramiento edilicio del pueblo;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro..- Aprobar los planos presentados por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de Diseño Urbano y Habitación de una (1) Vivienda a construir en esta localidad, en un todo de acuerdo a las disposiciones en vigencia. Según Nota Nº 3.221/16.-

Artículo 2do..- Comuníquese al Organismo pertinente.-

 

Artículo 3ro..-  Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:39

Ordenanza Nº 1102/17

VISTO:

             La Resolución Nº 1.808 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de una (1) vivienda en LOTE PROPIO; Según Nota Nº 3.220/16; y

CONSIDERANDO:

              Que, la Ley Nº 5.188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus artículos 41 y 68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;

              Que, mediante el Decreto Nº 1.698/84, ratificado por el Nº 1.007/85, se crea un sistema que permite a las comunas y municipalidades afectar al fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado de acto administrativo correspondiente;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro..-  Autorìzase, al Sr. Intendente Municipal Dr. Norberto Raúl Gizzi, a firmar el contrato de obra pública respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-

Artículo 2do..- Adhiérase la Municipalidad de Villa Cañás al sistema creado por Decreto Nº 1.698/84 ratificado por el Nº 1.007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-

Artículo 3ro..-   Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:37

Ordenanza Nº 1101/17

VISTO:

La tramitación iniciada ante la Dirección de Vivienda y Urbanismo para la construcción de una (1) vivienda, que obran en la Nota Nº 3.220/16, de los registros del aludido Organismo; y

CONSIDERANDO:

Que, es necesario contar, previo a la aprobación del trámite con la presentación de Estudio de Suelo del Terreno afectado a la construcción de viviendas;

 

Que, según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..-   Asumir, la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previsto en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de viviendas.-

 

Artículo 2do..-   Comuníquese al Organismo pertinente.-

 

Artículo 3ro..-   Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:36

Ordenanza Nº 1100/17

VISTO:

 

El próximo inicio de los trabajos para la concreción de la Obra de Construcción de Viviendas Individuales en Lotes Propios (Res. Nº 1.808). Según Nota Nº 3.220/16; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la obra de referencia se construirá por Administración Comunal, se hace necesario el nombramiento de profesionales habilitados e inscriptos en los Colegios Profesionales de Ingenieros Civiles, Ingenieros en Construcciones, Arquitectos, Técnicos Constructores Nacionales o Maestros Mayores de Obras de la Provincia de Santa Fe;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..-   Desígnese, Técnico de la Municipalidad de la localidad de Villa Cañás a la Sra. Profesional Ingeniera Civil Tania Zidanelia Borsato, DNI 25.941.681, Nº de Matrícula C.P.I.C. 2-1433-7, con asesoramiento, confección de planos y realización de todas las tramitaciones correspondientes hasta la finalización de la obra cuando lo determine la Municipalidad de Villa Cañás.-

 

Artículo 2do..- Los Servicios Profesionales, serán liquidados atento a lo pactado según contrato de obra.-

 

Artículo 3ro..-    Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:36

Ordenanza Nº 1099/17

VISTO:

Los planos elevados por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para su aprobación del Diseño Urbano y Diseño Habitacional para la construcción de una (1) vivienda en la localidad de Villa Cañás. Según Nota Nº 3.220/16; y

CONSIDERANDO:

Que, los mismos se hallan comprendidos dentro de las reglamentaciones en vigencia y la construcción proyectada vendría a cubrir parte de la necesidad habitacional en nuestro medio a la vez de contribuir al mejoramiento edilicio del pueblo;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Aprobar los planos presentados por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de Diseño Urbano y Habitación de una (1) Vivienda a construir en esta localidad, en un todo de acuerdo a las disposiciones en vigencia. Según Nota Nº 3.220/16.-

Artículo 2do..- Comuníquese al Organismo pertinente.-

Artículo 3ro..-  Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:35

Ordenanza Nº 1098/17

VISTO:

             La Resolución Nº 1.808 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de una (1) vivienda en LOTE PROPIO; Según Nota Nº 3.218/16; y

CONSIDERANDO:

              Que, la Ley Nº 5.188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus artículos 41 y 68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;

              Que, mediante el Decreto Nº 1.698/84, ratificado por el Nº 1.007/85, se crea un sistema que permite a las comunas y municipalidades afectar al fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado de acto administrativo correspondiente;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro..-  Autorìzase, al Sr. Intendente Municipal Dr. Norberto Raúl Gizzi, a firmar el contrato de obra pública respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-

Artículo 2do..- Adhiérase la Municipalidad de Villa Cañás al sistema creado por Decreto Nº 1.698/84 ratificado por el Nº 1.007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-

Artículo 3ro..-   Comuníquese, publíquese y archívese.-.

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Lunes, 03 Julio 2017 16:35

Ordenanza Nº 1097/17

VISTO:

La tramitación iniciada ante la Dirección de Vivienda y Urbanismo para la construcción de una (1) vivienda, que obran en la Nota Nº 3.218/16, de los registros del aludido Organismo; y

CONSIDERANDO:

Que, es necesario contar, previo a la aprobación del trámite con la presentación de Estudio de Suelo del Terreno afectado a la construcción de viviendas;

Que, según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..-   Asumir, la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previsto en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de viviendas.-

Artículo 2do..-   Comuníquese al Organismo pertinente.-

Artículo 3ro..-   Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

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