VISTO:
La Ordenanza Nº 415 del año 1.991, que crea el Código Tributario Municipal;
La Ordenanza Nº 1.158 del año 2.017, que regula el Código de Faltas,
La Ordenanza Nº 1.341 del año 2.024, que en su artículo primero establece la fórmula de cálculo para la Unidad Tributaria y el mecanismo actualización; y
CONSIDERANDO:
Que, el Código de Faltas mencionado, en sus “considerandos” crea la denominada “Unidad Fiscal”, para cuantificar los montos de las sanciones en él previstas, equiparado una unidad fiscal (UF1) a Pesos Uno ($1);
Que, la denominada “Unidad Fiscal” ha quedado desactualizada debido a los vaivenes económicos atravesados desde su creación hasta la actualidad;
Que, es necesario dotarla de un valor más razonable y actualizado;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Asígnese a la Unidad Fiscal el mismo valor que posee la Unidad Tributaria Municipal. –
Artículo 2do..- Aplíquese la Unidad Tributaria Municipal como unidad de valor para las sanciones regladas en el Código de Faltas Municipal.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese. -
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los ocho días del mes de julio del año dos mil veintiséis.-