VISTO:
La Ley N°14.271 de la legislatura de la Provincia de Santa Fe, sancionada el 13 de Junio de 2.024;
El Decreto N° 0915 de fecha 02 de julio de 2.024 del Gobierno provincial, promulgando la mencionada Ley; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley, establece la Gratuidad de la licencia de conducir para el Personal del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Provincia, tanto a la emisión o renovación de las licencias;
Que en su artículo 2°, invita a las Municipalidades y Comunas a adherir a las disposiciones de la presente Ley;
Que, es una manera más de reconocer la labor de los Bomberos Voluntarios, permitiendo que el trámite de emisión o renovación de la licencia de conducir sea gratuito, y no siga siendo una carga más para los Bomberos, ya que deben renovarlo anualmente por las características de la licencia;
Que, es de conocimiento, que actualmente el trámite que se realiza en el Hospital Samco de Villa Cañás, ha sido convenido entre la Mesa de Gestión a cargo de la Dirección y la Comisión del Samco y la Comisión de la Asociación de Bomberos, a fines de febrero del corriente año, la gratuidad del examen psicofísico para todos los Bomberos que integran el Cuerpo Activo;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Adhiérase a la Ley Provincial N° 14.271, considerando lo establecido en su artículo 2°.-
Artículo 2do..- Establécese para el personal del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de Villa Cañás que los trámites correspondientes a la emisión o renovación de la licencia de conducir sean de carácter gratuito.-
Artículo 3ro..- Comuníquese y autorízase al Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes para la implementación.
Artículo 4to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los quince días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro.-