Ordenanza Nº 1334/24

VISTO:

            El Convenio de Cooperación y Gestión para la Ejecución de Políticas de Viviendas y Urbanizaciones celebrado en nuestra ciudad el día 23 de enero del corriente, entre la Municipalidad de Villa Cañas, representada por el Señor Intendente Norberto Raúl Gizzi, por una parte; y el Señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Licenciado Maximiliano Nicolás Pullaro; el Ministro de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, Dr. Lisandro Enrico y el Director Provincial de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, Señor Lucas Crivelli, por la otra parte; para la ejecución de un Plan de viviendas para demanda general, y que tiene por objeto la construcción de 45 viviendas con infraestructura de base a desarrollarse en los terrenos propiedad del municipio, ubicados en la denominada ex quinta Sfasciotti;

                      

           La correspondiente tramitación del mismo iniciado ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo bajo expediente Nº 15202-0073464-8 para la construcción de las mismas; y

 

CONSIDERANDO: 

            Que, el derecho a una vivienda adecuada tiene reconocimiento  constitucional con la incorporación que hace la misma de los instrumentos internacionales de derechos humanos en su artículo 75º, inciso 22) y en el reconocimiento expreso que en el artículo 14º bis se hace del derecho al acceso a una vivienda digna;


            Que, la vivienda adecuada fue reconocida como parte del derecho a un nivel de vida adecuado, en el artículo 25º de la Declaración Universal de Derechos Humanos; en el artículo 11º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; en el artículo 27º de la Convención sobre los Derechos del Niño, entre otras;

             Que, el artículo 8º de La Constitución Provincial establece “Todos los habitantes de la Provincia son iguales ante la ley. Incumbe al Estado remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando de hecho la igualdad y la libertad de los individuos, impidan el libre desarrollo de la persona humana y la efectiva participación de todos en la vida política, económica y social de la comunidad”;

              Que, la demanda actual de viviendas por parte de los ciudadanos de nuestra localidad es cada vez mas alta; con un contexto socioeconómico actual inestable que torna cada vez más arduo la construcción de las mismas de manera particular y la dificultad de acceder a créditos en el mercado para el desarrollo habitacional;

               Que, ante la posibilidad real y concreta de llevar conjuntamente con el Gobierno de La Provincia de Santa Fe, la construcción de viviendas destinadas a familias de nuestra localidad;

 

     Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás,  en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Dónese con cargo a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, los lotes de terreno que a continuación se detallan para la construcción de cuarenta y cinco (45) viviendas sociales a saber: Lotes 53 a 68 inclusive, manzana D; 69 a 75 inclusive, manzana F; 77 a 90 inclusive, manzana G y 92 a 99 inclusive, manzana H, todos del plano de mensura y subdivisión número 249729/2022.-

Los lotes mencionados corresponden a la Municipalidad de Villa Cañas por compra que en  mayor área realizara de la siguiente manera: PRIMERO: mediante escritura de compraventa de mitad indivisa número 58 de fecha 14 de marzo de 2.016 que le hiciera a Lucia Margarita Sfaciotti, pasada por ante el Escribano Marcos Sylvester y registro 764 a su cargo, del siguiente inmueble: la mitad indivisa de una fracción de terreno de campo con todo lo edificado, clavado, plantado y demás adherido al suelo, situada en el distrito Villa Cañás, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, la que es parte de la quinta número Treinta y Nueve, del plano oficial, y según plano de mensura confeccionado por el Agrimensor Jorge Horacio Galván, archivado en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo el Nº 192259/2016, se lo designa como LOTE NÚMERO "UNO", compuesto de 272,73 metros de frente al Nord-Oeste por 220 metros de fondo, lindando: por su frente al Nord-Oeste con calle Cincuenta y Seis; al Sud-Oeste con propiedades de Mete Alberto N. y ot., con más propiedad de Mete, Alberto N., con calle Cincuenta y Cuatro sin abrir, y con propiedad de Milovich, Juan; al Sud-Este con propiedad de Ficorilli Irene Raisavva de; y al Nord-Este con propiedad de Belloni, María Leticia.- Formando una Superficie Total de SEIS HECTÁREAS. Inscripto el dominio en el Registro General el 27 de abril de 2016, al T° 654; F° 426, N° 330427, Departamento General Lopez.-

SEGUNDO: Por escritura de compraventa de mitad indivisa número 184 de fecha 3 de julio de 2.017 que le hiciera a Fernando Norberto Ramon Polinori; Graciela Rita Polinori y Silvina Rita Polinori, pasada por ante el Escribano Marcos Sylvester y registro 764 a su cargo, del siguiente inmueble: la mitad indivisa de una fracción de terreno de campo con todo lo edificado, clavado, plantado y demás adherido al suelo, situada en el distrito Villa Cañás, departamento General López, provincia de Santa Fe, la que es parte de la quinta número Treinta y Nueve, del plano oficial, y según plano de mensura confeccionado por el Agrimensor Jorge Horacio Galván, archivado en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo el número 192259/2016, se lo designa como LOTE NÚMERO "UNO", compuesto de 272,73 metros de frente al Nord- Oeste por 220 metros de fondo, lindando: por su frente al Nord-Oeste con calle Cincuenta y Seis; al Sud-Oeste con propiedades de Mete Alberto N. y ot., con más propiedad de Mete, Alberto N., con calle Cincuenta y Cuatro sin abrir, y con propiedad de Milovich, Juan; al Sud-Este con propiedad de Ficorilli Irene Raisavva de; y al Nord-Este con propiedad de Belloni, María Leticia.- Formando una Superficie Total de SEIS HECTÁREAS. Inscripto el dominio en el Registro General el 18 de agosto de 2.017, al T° 664; F° 132, N° 366410, Departamento General Lopez.-

 

Artículo 2do..- La donación efectuada a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo es realizada con el cargo de la construcción de 45 viviendas con infraestructura de base, a desarrollarse en los terrenos propiedad del municipio,

Info adicional

  • Expediente Nº: 866.I.24

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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