Ordenanza Nº 1319/23

VISTO:

 

            El Acuerdo firmado entre el Intendente Municipal y el Director Provincial de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (D.P.V. y U.) de la Provincia de Santa Fe el día 13 de abril de 2.021 por el cual se acuerda la construcción de una (1) vivienda dentro de la operatoria "SUBPROGRAMA DE EJECUCIÓN DE VIVIENDAS INDIVIDUALES EN LOTE PROPIO - LOTE PROPIO - de dicha repartición provincial y;

 

CONSIDERANDO:

 

          Que, todas las características de las viviendas a ejecutar, los trámites a realizar para ello y las exigencias para la construcción de las citadas viviendas se explicitaron acabadamente al momento de la firma del citado Acuerdo;

                 

          Que, una de esas exigencias es la designación de un profesional matriculado en el colegio profesional correspondiente como representante técnico del Municipio para desarrollar tal función en las obras en aquel incluidas;

                

          Que, llevar adelante tales obras beneficiará directamente a los grupos familiares involucrados e, indirectamente, a la localidad toda;

                

          Que, la Ley Orgánica de Municipios/de Comunas faculta a emitir la presente;

 

              Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

                                               

ORDENANZA

 

 

Artículo 1ro..- Designar a Ing. Tania Zidanelia Borsato, de profesión Ingeniera Civil, DNI Nº 25.941.681, Matrícula C.P.I.C. 2-1433-7, como Representante Técnico de la Municipalidad de la localidad de Villa Cañás para las obras incluidas en el Acuerdo suscripto 13/04/21 entre las autoridades de la D. P. V y U. y el Intendente Municipal, que también implicará por parte del Profesional designado el asesoramiento, la confección de planos y la realización de todas las tramitaciones correspondientes hasta la terminación de todas las obras.-

 

Artículo 2do..- Los honorarios profesionales que correspondieren serán liquidados y pagados según los términos del Contrato de Obra suscripto entre este Municipio con la D.P.V. y U..-

 

Artículo 3ro..-  Comuníquese, publíquese y archívese.

Info adicional

  • Expediente Nº: 846.I.23

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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