Ordenanza Nº 1312/22

VISTO:

 

            La necesidad de adecuar el sentido de articulación de algunas calles que permita la reorganización del tránsito de la ciudad; y 

 

CONSIDERANDO: 

 

             Que, el tránsito dentro de la planta urbana se ha incrementado notablemente debido al aumento del parque automotor y al crecimiento del desarrollo urbano; por lo que es necesario adecuar el sentido de articulación de algunas calles teniendo en cuenta esta nueva situación;  

 

             Que, resulta inevitable dar mayor fluidez al tránsito urbano, como así también resulta menester procurar mayor seguridad en el tránsito;  

 

            Que, de acuerdo al referido criterio resulta necesario cambiar el sentido de circulación de las citadas calles;    

 

   Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

         

Artículo 1ro..- Establézcase el cambio de sentido de circulación de las siguientes calles, a saber: 

 

  1. A) Calle 48, entre calles 65 y 69 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Este a Sur-Oeste.-

 

  1. B) Calle 52, entre calles 65 y 69 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Oeste a Nor-Este.-

 

  1. C) Calle 69, entre Calle 48 y 52 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Este a Nor-Oeste. -

 

  1. D) Calle 67, entre calles 52 y 48 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Oeste a Sur-Este.-

 

  1. E) Calle 65, entre calles 48 y 64 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Este a Nor-Oeste.-

 

  1. F) Calle 63, entre calles 64 y 48 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Oeste a Sur-Este.-

 

  1. G) Calle 61, entre calles 48 y 64 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Este a Nor-Oeste.-

 

  1. H) Calle 56, entre calles 65 y 59 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Oeste a Nor-Este.-

 

  1. I) Calle 56 bis, entre calles 65 y 59 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Oeste a Nor-Este.-

 

  1. J) Calle 58, entre calles 59 y 65 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Este a Sur-Oeste.-

 

  1. K) Calle 60, entre calles 65 y 59 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Oeste a Nor-Este.-

 

  1. L) Calle 62, entre calles 59 y 65 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Este a Sur-Oeste.-

 

Artículo 2do..- Establézcase un plazo de treinta (30) días para dar difusión a los cambios adoptados y proceder a la instalación de los carteles indicadores respectivos. -  

 

Artículo 3ro..- Envíese copia de la presente a la Oficina de Tránsito y a la Secretaría de Servicios Públicos, a sus efectos.- 

 

 

Artículo 4to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 838.I.22

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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