VISTO:
La necesidad de adecuar el sentido de articulación de algunas calles que permita la reorganización del tránsito de la ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que, el tránsito dentro de la planta urbana se ha incrementado notablemente debido al aumento del parque automotor y al crecimiento del desarrollo urbano; por lo que es necesario adecuar el sentido de articulación de algunas calles teniendo en cuenta esta nueva situación;
Que, resulta inevitable dar mayor fluidez al tránsito urbano, como así también resulta menester procurar mayor seguridad en el tránsito;
Que, de acuerdo al referido criterio resulta necesario cambiar el sentido de circulación de las citadas calles;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Establézcase el cambio de sentido de circulación de las siguientes calles, a saber:
- A) Calle 48, entre calles 65 y 69 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Este a Sur-Oeste.-
- B) Calle 52, entre calles 65 y 69 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Oeste a Nor-Este.-
- C) Calle 69, entre Calle 48 y 52 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Este a Nor-Oeste. -
- D) Calle 67, entre calles 52 y 48 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Oeste a Sur-Este.-
- E) Calle 65, entre calles 48 y 64 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Este a Nor-Oeste.-
- F) Calle 63, entre calles 64 y 48 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Oeste a Sur-Este.-
- G) Calle 61, entre calles 48 y 64 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Este a Nor-Oeste.-
- H) Calle 56, entre calles 65 y 59 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Oeste a Nor-Este.-
- I) Calle 56 bis, entre calles 65 y 59 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Oeste a Nor-Este.-
- J) Calle 58, entre calles 59 y 65 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Este a Sur-Oeste.-
- K) Calle 60, entre calles 65 y 59 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Sur-Oeste a Nor-Este.-
- L) Calle 62, entre calles 59 y 65 de Villa Cañás, estableciéndose el sentido de circulación vehicular de Nor-Este a Sur-Oeste.-
Artículo 2do..- Establézcase un plazo de treinta (30) días para dar difusión a los cambios adoptados y proceder a la instalación de los carteles indicadores respectivos. -
Artículo 3ro..- Envíese copia de la presente a la Oficina de Tránsito y a la Secretaría de Servicios Públicos, a sus efectos.-
Artículo 4to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.-