VISTO:
Lo dispuesto por la Ley Nº 12.306 y modificatorias, las Municipalidades y/o Comunas podrán variar en el ámbito de sus respectivas competencias así delegadas, la tasa testigo que fija la provincia para el impuesto de Patente Única sobre vehículos; y
CONSIDERANDO:
Las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica de Municipalidades; la vigencia de la Ley Nº 12.306 y modificatorias; y la Resolución General de API Nº 21/2.019; por la cual se deberá comunicar a la Administración Provincial de Impuestos, los datos de la Ordenanza fiscal que autorice para la emisión del año 2.023 del impuesto Patente Única sobre vehículos el incremento o disminución de la Tasa Testigo;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Autorizase, en los términos de la Ley Provincial Nº 12.306, sus modificatorias y el Decreto Reglamentario el Incremento en el Impuesto Patente Única sobre Vehículos, en un diez por ciento (10 %), para la emisión del año 2023.-
Artículo 2do..- Remítase copia de la presente a la Administración Provincial de Impuestos (API) hasta el 30 de noviembre de 2.022, conforme a lo solicitado por la misma.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil veintidós.-