VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 1.428/2.021 en el cual se adjunta acta de donación efectuada a la Municipalidad de Villa Cañás, por los Sres. FERNANDO OSCAR PISANI, DNI Nº 20.838.717 - SILVIA ALEJANDRA LORO, DNI Nº 22.207.775, de un lote de terreno del distrito urbano de Villa Cañás cuyos datos de dominio se encuentran inscriptos en el Registro General de la Propiedad al Tº 549 - Fº 352 – Nº 405.520-12/11/2.004 - Departamento General López, P.I.I. Nº 17-19-00-379.579/0002-6, nomenclatura catastral MANZANA 0004, PARCELA 00005, hacen expresa “DONACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE VILLA CAÑAS, del LOTE Nº 7, con una superficie total de 360,00m²” , como surge del plano de mensura y subdivisión efectuado por el Agrimensor Jorge H. Galván, I.C.O.P.A. Nº 2.0131.6 y que se encuentran afectados a Apertura de Calle Pública;
CONSIDERANDO:
Que, para la aceptación de la mencionada donación es menester se someta a éste Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente a través de la normativa que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39º, inciso 8 de la Ley Nº 2.756;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro.- Acéptese la donación efectuada por los Sres. FERNANDO OSCAR PISANIDNI Nº 20.838.717 y SILVIA ALEJANDRA LORO DNI Nº 22.207.775, de un lote de terreno del distrito urbano de Villa Cañás, cuyos datos de dominio se encuentran inscriptos en el Registro General de la Propiedad al Tº 549 - Fº 352 - Nº 405.520-12/11/2.004 – Departamento General López, P.I.I.Nº 17-19-00-379.579/0002-6, cuya nomenclatura catastral es MANZANA 0004, PARCELA 00005, hacen expresa “donación a la municipalidad de Villa Cañás, del LOTE Nº 7, con una superficie total de 360,00m²” como surge en el plano de mensura y subdivisión del Agrimensor Jorge H. Galván, de fecha diciembre de 2.021, cuyo destino será Apertura Calle Pública, respectivamente. El mencionado plano se inscribirá posteriormente en el Departamento de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la ciudad de Rosario.-
Artículo 2do.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.-