Ordenanza Nº 1272/21

VISTO:

            La posibilidad de que la Municipalidad de Villa Cañas adhiera al CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS PROVENIENTES DE CIGARRILLOS Y SUS VARIANTES; y

 

CONSIDERANDO:

 

           Que, según estudios proporcionados por la Asociación Civil Eco House en el año se descartan 4,5 billones (4.500.000.000.000) de colillas. Arrojar una colilla al suelo puede contaminar entre 50 y 100 litros de agua y se calcula más de una década para biodegradarse;

 

            Que, debido a que una colilla de cigarrillo contiene más de 8.000 sustancias contaminantes o que pueden reaccionar con otros compuestos siendo esto sumamente peligroso y perjudicial, resulta necesario implementar una política tendiente a darle un especial tratamiento a las mismas;

 

            Que, en razón de lo expuesto anteriormente, consideramos que, la problemática ambiental debe ser un tema de primordial y especial tratamiento en la política pública de cualquier Estado en sus tres niveles – nacional, provincial, municipal – ya que un medio ambiente sano, libre de todo tipo de residuos que puedan ser perjudicial para éste, resulta necesario para el desarrollo de una vida en sociedad;

 

            Que, la finalidad del proyecto no sólo es darle respuesta a la problemática que generan las colillas de cigarrillos en cuanto a su impacto medioambiental, sino también, a través de éste, lograr que la comunidad cañaseña se concientice acerca de la importancia de clasificar correctamente los distintos residuos y generar en ellos, hábitos sustentables;

 

           Que, los objetivos de este proyecto  son:

  • Generar concientización acerca del daño que produce el consumo de tabaco en la salud y en el medioambiente.-
  • Generar conciencia social acerca de las problemáticas medioambientales.
  • Promover educación ambiental.-
  • Incentivar a la población a participar de las gestiones sustentables.-
  • Reducir el impacto ambiental que generan las colillas de cigarrillos en el suelo, agua, espacios públicos, plazas;

 

           Que, en razón de lo expuesto, es responsabilidad de todos: Estado, organizaciones, empresas, asociaciones, y de la sociedad en su conjunto de prevenir o mitigar los daños ambientales producto del mal manejo de residuos y de proponer políticas públicas tendiente a reducirlos. Porque TODOS, tenemos derecho tal y como establece la Constitución Nacional en su artículo 41º de “gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”; pero a su vez todos tenemos el compromiso y el deber de preservarlo;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

 

Artículo 1ro..- Autorizase al Intendente Municipal a firmar el convenio que se anexa a la presente Ordenanza.-

 

Artículo 2do..- Facúltase al Intendente Municipal de Villa Cañás, Dr. Norberto Raúl Gizzi, D.N.I. Nº 11.575.222, para que suscriba todos los actos necesarios para la concreción del mismo.-

 

Artículo 3ro..- La Municipalidad de Villa Cañas se comprometerá a distribuir los materiales recibidos de acuerdo a las necesidades de las instituciones de la localidad, pudiendo elegir por placas aislantes y/o multifunción o elementos de oficinas.-

 

Artículo 4to..- Lo producido y entregado por Axia S.A. a la Municipalidad de Villa Cañas, será destinado a instituciones:

  • Públicas.
  • Salas barriales.

La enumeración es meramente enunciativa.-

 

Artículo 5to..- La finalidad de la Ordenanza es, que las instituciones anteriormente mencionadas, puedan ser beneficiadas por lo obtenido a raíz de la celebración del convenio. Promoviendo así, su crecimiento y desarrollo, colaborando con establecimientos que velan por el interés público/colectivo.-

 

 

Artículo 6to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintisiete días del mes de octubre  del año dos mil veintiuno.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 100.V.21

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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