VISTO:
El Plan Base de Villa Cañás;
El crecimiento edilicio de la ciudad;
Ordenanza N° 524/97 (obliga a presentar planos a partir del 01.03.97);
Los loteos en ejecución;
La posibilidad de futuros loteos; y
CONSIDERANDO:
Que, el Plan Director fue concebido para que en forma periódica y dinámica pueda ser modificado, adecuando la normativa al control y regulación del crecimiento urbanístico y edilicio que va ocurriendo en la ciudad;
Que, existen construcciones que no tienen permiso Municipal y, o el correspondiente Plano Municipal, y con el agravante que muchas de ellas afectan la continuidad de las calles existentes;
Que, con la misma se pretende resolver un problema para el ordenamiento futuro del trazado de la ciudad, respetando el orden de las calles, sin abandonar el principio de equidad, que hay que mantener con aquellos vecinos que decidan realizar loteos;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Aféctese el Área de Expansión del Plan Base de Villa Cañás, a la Ordenanza N° 524/97, para la solicitud de planos de edificación en dicha zona.-
Artículo 2do..- Manténgase vigente el Plan Director y todas las Ordenanzas que regulen los procesos de urbanización, de edificación, etc., complementarios del Plan Base.-
Artículo 3ro..- Dicho sector se agregará la zonificación F.2 dada por el Plan Director respecto a las restricciones FOS 0.7; FOT 1 a altura máxima de las edificaciones de siete (07) metros.-
Artículo 4to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los trece días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.-