VISTO:
El Expediente Administrativo “ROVEY LUIS BAUTISTA y ROVEY BEATRIZ LUJAN s/Donación de Lote – CON DESTINO A CALLE PUBLICA” (Expediente Nº 0618/2.021) en el cual se adjunta acta de donación efectuada a la Municipalidad de Villa Cañás, por el Sr. ROVEY LUIS BAUTISTA, LE Nº 06.121.309 y la Sra. ROVEY, BEATRIZ LUJAN, DNI Nº 13.861.798, de una superficie de 1000.00 m², del Lote Nº 2C, fracción de terreno del distrito suburbano de Villa Cañás, con dominio inscripto al T° 231, F° 202, N° 100442-05/08/66- Departamento General. López, Tº459-Fº 431-Nº 205.407-12/04/96; Tº 710-Fº209-Nº 370.955-31/08/2011- Departamento General López; P.I.I. Nº 17-19-380.039/0002 nomenclatura catastral Manzana 0272, Parcela 00002, que como surge del plano de mesura y subdivisión que se adjunta, se encuentra afectado a “CALLE PÚBLICA”;
El Lote “2C con una superficie de 1000.00m² citado corresponde al plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Agrimensor Jorge Horacio Galván; y
CONSIDERANDO:
Que, para la aceptación de la mencionada donación es menester se someta a éste Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente a través de la normativa que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39º, inciso 8º de la Ley Nº 2.756;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Acéptese la donación efectuada por el Sr. ROVEY LUIS BAUTISTA y la Sra. ROVEY BEATRIZ LUJAN del lote designado como “Lote Nº 2C” de una superficie de 1000.00m², según plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Agrimensor Jorge Horacio Galván, inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tº 231 – Fº 202 – Nº 100442-05/08/66- Departamento General López, Tº 459-Fº 431- Nº 205.407-12/02/91 - Departamento General López; T.D.H.N. 301751 del 08/01/96; Matrícula Nº 17-5999 del 12/04/96; Tº 710-Fº 209-Nº 370.955-31/08/2011- Departamento General López; P.I.I. N° 17-19-00-380.039/0002, nomenclatura Catastral Manzana 0271, Parcela 00002 cuyo destino será “CALLE PÚBLICA”.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil veintiuno.-