Ordenanza Nº 1246/20

VISTO:

El Plan Base de Villa Cañás;

El crecimiento edilicio de la ciudad;

Los loteos en ejecución;

La posibilidad de futuros loteo; y

CONSIDERANDO:

           Que, la zona al Nor Oeste de Calle 68 no es muy apta para Urbanizar, por la dificultad para dotarla de los servicios y fundamentalmente por la topografía, parte inundable;

Que, por lo expuesto se procede a dictar la norma correspondiente;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Desaféctese del Arrea de Reserva Urbana del Plan Base de Villa Cañás, la Zona al Nor Oeste de Calle 68, como puede observarse en Planos Anexos.-

Artículo 2do..- Manténgase vigente el Plan Director y todas las Ordenanzas que regulan los procesos de urbanización, de edificación., etc., complementarios del Plan Base.-

Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veinticinco  días del mes de noviembre del año dos mil veinte.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 776.I.20

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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