VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 984/2015 en el cual se adjunta acta de donación efectuada a la Municipalidad de Villa Cañás, por los Sres. Graciela Susana Lamelza, DNI Nº 11.808.734, y, Pablo Daniel Minguer, D.N.I. Nº 32.129.013, en relación al LOTE Nº “G” del P.I.I. Nº 879.626/0007, con una superficie de 210.000 m², de Villa Cañás. Cuyos demás datos constan en el plano de mensura y subdivisión que se adjunta y que se encuentran afectados al Ensanche de Camino Público; y
CONSIDERANDO:
Que, para la aceptación de la mencionada donación es menester se someta a éste Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente a través de la normativa que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39º, inciso 8) de la Ley Nº 2.756;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Acéptese la donación efectuada por los Sres. Graciela Susana Lamelza, DNI Nº 11.808.734, y Pablo Daniel Minguer, D.N.I. Nº 32.129.013, en relación al LOTE Nº “G” del P.I.I. Nº 879.626/0007, con una superficie de doscientos diez mil metros cuadrados (210.000 m²) de Villa Cañás. Cuyos demás datos constan en el plano de mensura y subdivisión que se adjunta, y que se encuentran afectados al Ensanche de Camino Público .El mencionado plano se inscribirá posteriormente en el Dpto. de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la ciudad de Rosario.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil quince.-