Ordenanza Nº 1199/18

VISTO:

            La Ley Nº 13.787 y su Decreto Reglamentario Nº 2816; y

CONSIDERANDO:

             Que, mediante la citada normativa se autoriza para el año 2.018, a afectar hasta el Cincuenta por ciento (50%) del destino de los ingresos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados creado por la Ley Nº  12.385, para ser aplicados a Gastos Corrientes;

              Que, teniendo la Municipalidad fondos disponibles dentro de la asignación correspondiente al año 2.018;

              Que, la actual situación económica-financiera aconseja solicitar los beneficios que concede la Ley Nº 13.787;

   Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Solicitar a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas se asigne a esta Administración, el importe de Pesos Un millón novecientos setenta y seis mil ciento cincuenta y siete c/58/100 ($ 1.976.157,58), que no excede del 50% (cincuenta por ciento) de los fondos que en virtud de la Ley 12.385 le corresponde para ser afectados a gastos corrientes, en el marco de la Ley Nº 13.787 y su reglamentación.-

Artículo 2do..-  Comuníquese, publíquese y archívese.-:

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 733.I.18

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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