Ordenanza Nº 1186/18

VISTO Y CONSIDERANDO:

                            La Ley Nº 12.385, sus modificatorias y reglamentaciones, por la que se crea un fondo para la ejecución de obras y compra de equipamiento,

                            Que, nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;

                            Que, por Ordenanza Nº 1.114/17 se solicitó al Gobierno Provincial un aporte no reintegrable de pesos dos millones trescientos setenta y cinco mil ($ 2.375.000.-) para la adquisición de una barredora aspiradora nueva de industria argentina;

                            Que, desde la elaboración del proyecto hasta la transferencia de los fondos transcurrió un año. En ese lapso el precio del equipo se incrementó un cincuenta por ciento. Los costos de operación del mismo también crecieron sustancialmente. La combinación de estos factores hizo desaparecer el interés en la incorporación;

                            Que, el Departamento Ejecutivo Municipal ha evaluado las obras públicas prioritarias y las necesidades de equipos que permitan mejorar los servicios que hoy se brindan. De esa evaluación surge la decisión de ejecutar con esos fondos dos obras públicas. Iluminación con artefactos Led y Consolidación de calles urbanas con material pétreo;

                            Que, estas obras se encuentran comprendidas entre las que son financiables por el Fondo;

Por todo ello, el Honorable  Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..-  Solicítese al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley Nº 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 1.123/08, destinar el aporte no reintegrable de  pesos dos millones trescientos setenta y cinco mil ($ 2.375.000.-) correspondientes al año 2.017 para la ejecución de la obra  Iluminación con artefactos Led  y Consolidación de calles urbanas con material pétreo;

 

Artículo 2do..- Facultase al Señor Intendente Municipal a gestionar  y convenir con el Gobierno Provincial el cambio de destino de la asignación que se mencionan en el artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorizase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-

Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 725.I.18

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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