Ordenanza Nº 1178/18

VISTO:

             Las Ordenanzas Nº 925/12, Nº 1.021/15, Nº 1.159/17 y el plano Anexo “A”, sancionadas por el H. Concejo Municipal de Villa Cañás; y

CONSIDERANDO:

              Que, mediante la Ordenanza Nº 925/12 y su modificatoria Nº 1.021/15 se estableció el Régimen para la aplicación de Productos Fitosanitarios;

             Que, en la misma se adhiere en todos los términos a la Ley Provincial Nº 11.273 de Productos Fitosanitarios y a su Decreto Reglamentario N° 552/97;

             Que, la aprobación de las mencionadas ordenanzas crea en nuestro distrito una legislación que regula y controla la aplicación de productos fitosanitarios;

             Que, quedó establecida la línea agronómica que restringe y prohíbe totalmente la aplicación de productos fitosanitarios determinando así un Área Protegida circundante al ejido urbano de nuestro ciudad, como así también las Zonas 1 y 2 con distintas características de aplicación;

             Que, las referidas Ordenanzas en su Anexo “A” adjunta un plano donde gráficamente se pueden observar distintas zonas de restricciones;

              Que, se presentó ante el Ejecutivo Municipal el Gerente de la firma Agricultores Ganaderos de Villa Cañás S.R.L., Sr. Oscar Guazaroni, manifestado que la actual línea agronómica le provoca un daño irreparable, atento que cruza por el medio del campo de su propiedad, Partida Nº 1719003798150537;

             Que, formula una propuesta de trazado sobre su propiedad, atendiendo la presencia de la planta potabilizadora de agua que se localiza en el lote lindero;

             Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro..-  Reemplácese en el Anexo “A” de las Ordenanzas N° 925/12 y Nº 1.159/17, el plano existente por el que se adjunta a la presente con la nueva línea agronómica.-

Artículo 2do..- Envíese al SCIT, Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, Departamento Municipios y Comunas de la ciudad de Rosario, la presente Ordenanza, adjuntando el nuevo registro gráfico, para su aplicación y modificación en el SIGIT.-

Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los trece días del mes de junio del año dos mil dieciocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 717.I.18

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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