VISTO:
La necesidad de ordenar normas en cuanto a la Tributación en el Municipio; y
CONSIDERANDO:
Las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica de Municipalidades;
La vigencia del artículo 53º de la Ley Nº 13.226;
Que, cualquier tipo de aumento en Tasas o Derechos, deben atender a la realidad de la población;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Autorizase, en los términos del artículo 53º de la Ley Provincial Nº 13.226, sus modificatorias y el Decreto Reglamentario, el incremento en el Impuesto Patente Única sobre Vehículos en un diez por ciento (10 %), para la emisión del año 2.018.-
Artículo 2do..- Remítase copia de la presente a la Administración Provincial de Impuestos (API) hasta el 30 de noviembre de 2.017, conforme a lo solicitado por la misma.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.-