VISTO:
La donación efectuada por la Sra. ADRIANA RAQUEL SARTORI, consistente en cien metros cuadrados lote B, que surge de la mensura y subdivisión de parte del lote Nº 27, según Plano Oficial, inscripto su Dominio en el Registro General de la Propiedad en Tº 251 - Fº 213 - Nº 114348 - 26/02/69, T.D.H. Nº 374564 del 11/10/95, P.I.I. Nº 379505/0000-3, de acuerdo al Plano del Agrimensor JORGE H. GALVÁN de fecha Agosto de 2005; y
CONSIDERANDO
Que para la aceptación de la mencionada donación es menester se someta a este Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente a través de la normativa que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39º, inciso 8) de la Ley Nº 2756;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Acéptese la donación efectuada con destino a calle pública por ADRIANA RAQUEL SARTORI, del Plano de Mensura y subdivisión confeccionado por el Agrimensor JORGE H. GALVAN, que posteriormente se inscribirá en el Departamento de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, consistente en cien metros cuadrados lote B, según mensura y subdivisión de parte de la quinta Nº 15, cuya inscripción dominial en el Registro General de la Propiedade Tº 251 - Fº 213 – Nº 114348 - 26/02/69, T.D.H. Nº 374564 del 11/10/95, P.I.I. Nº 379505/0000-3.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil cinco.-