Ordenanza Nº670/05

VISTO y CONSIDERANDO: 

 

Que el uso de nuevas tecnologías informáticas conforma una realidad que marca los modos de vinculación de estos tiempos;

 

            Que la ciudad de Villa Cañás no es ajena al desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y comunicación que los “Sitios Web” proporcionan, los cuales se han ido convirtiendo en la infraestructura tecnológica básica en el intercambio social, cultural y económico;

 

            Que Internet es una gran malla de comunicación, que no tiene propietario único, que es heterogénea, en tanto que no requiere de equipos determinados cuya pertenencia pública o privada y cuyas actividades pueden ser de lo más variadas;

 

            Que es importante proporcionar información constante sobre las actividades que se desarrollan desde los diferentes sectores del Municipio, como así también exponer el constante desarrollo socioeconómico local dándole participación a aquellas instituciones, empresas u organizaciones que consideran importante formar parte del constante flujo de información que la Internet suministra;

 

            Que el Ejecutivo Municipal considera necesario contar con una “Página Web” con marcado carácter institucional, dándole lugar también al sector privado, y que será la vidriera de toda actividad en nuestra localidad;

 

 

            Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones , sanciona la siguiente: 

 

 

ORDENANZA 

 

Artículo 1ro..- Apruébese la creación de la “Página Web”, cuyo dominio propuesto es el siguiente: www.villacanias.com.ar .- 

 

Artículo 2do..- La “Página Web” contendrá un PERFIL INSTITUCIONAL donde el Municipio y el Concejo puedan exponer todas sus actividades realizadas y proyectos futuros, promocionar eventos, brindar información constante y actualizada, así como también utilizarla como herramienta de comunicación constante donde la comunidad pueda volcar sus inquietudes y opiniones; y un PERFIL PRIVADO dedicado al sector privado a los fines de proporcionar toda actividad productiva económica, social, cultural y turística.-

 

 

Artículo 3ro..-  Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones a los ocho días del mes de junio del año dos mil cinco.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 282.I.05

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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