VISTO:
La Ley Nacional Nº 26.216 y su Decreto Reglamentario Nº 483/2007; y
CONSIDERANDO:
Que, la misma declara “ la emergencia nacional en materia de tenencia, fabricación, importación, exportación, transporte, depósito, almacenamiento, tránsito internacional, registro, donación, comodato y compraventa de armas de fuego , municiones, explosivos y demás materiales controlados , registrados o no registrados…”;
Que, el artículo 3º de dicha Ley crea el “PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO” con el fin de disminuir el uso y proliferación de armas de fuego, la reducción de accidentes, hechos de violencia y delitos ocasionados por el acceso y uso de armas de fuego, la sensibilización acerca de los riesgos .Todo ello tendiente a promover una cultura de la no tenencia y no uso de las armas de fuego;
Que, dicho programa fue lanzado oficialmente en el mes de julio de 2007 y establece que a las personas que entreguen armas recibirán su pago y no tendrán que dar sus datos a las autoridades encargadas de la recepción estén las armas en regla o no. El pago no se hace con dinero en efectivo: se entrega un cheque al portador que se cobra en una sucursal del Banco Nación;
Que, en nuestro país hay alrededor de 1.200.000 de armas registradas y en el circuito ilegal la cifra es aún mayor: se calculan que casi dos millones alimentan el mercado negro. Desde 1997 más de 32.000 muertes fueron a causa del disparo de alguna de ellas. Según un informe del Ministerio de Justicia, el 75% de los asesinatos no se cometen en robos sino por conflictos personales;
Que, tomando los datos al 2.004 surge que de 2.259 homicidios dolosos, un 53% se produjeron con armas de fuego. En el 2003 se registraron 3.752 muertes por heridas de armas, lo que equivale a decir que muere en el país una persona cada dos horas por armas de fuego. De los 2.052 homicidios dolosos de 2.006, el 50% fueron cometidos con armas de fuego. Y sólo un tercio de ellos fue en concurso de otro delito, por ejemplo, en ocasión de robo. Así consta en las estadísticas anuales de la Dirección Nacional de Política Criminal;
Que, desde inicio del programa se han inutilizados 86.000 armas en 233 días hábiles;
Que, el Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe firmó recientemente un convenio con el RENAR (Registro Nacional de Armas) por el cual se comprometió a abrir bocas alternativas a las delegaciones oficiales del mismo que están en la capital provincial y en Rosario y a través del acuerdo, la Provincia se compromete a facilitar los espacios físicos necesarios para la instalación de puestos móviles de recepción de armas;
Que, según titula el Diario El Litoral “Habría entre 200 mil a 300 mil armas ilegales en la provincia”, declaró el titular del Renar, Andrés Meiszner;
Que, Santa Fe es la primera provincia en que el Programa de Desarme se desarrollará en forma mancomunada con el tema educativo dado que desde la gobernación se ha insistido en que “la problemática de las armas es un tema cultural";
Que, debemos avanzar hacia la búsqueda de la no violencia. El arma de fuego debe estar en manos de quienes estén entrenados para su uso y cuide de las vidas e intereses de los ciudadanos. De hecho, se considera que la mera posesión de armas dispara los riesgos de muerte y lesión, tanto intencional como accidental.
Que las cifras en nuestra provincia revelan que:
· 7.750 armas fueron entregadas voluntariamente en Santa Fe y Rosario.
· 110.000 son las armas registradas en la provincia.
· 200.000 ó 300.000 serían las armas ilegales en la provincia.
· 50 % de las armas que se entregan voluntariamente es ilegal.;
Que, este Convenio firmado entre la provincia y el Renar permitirá que mucha gente de las zonas más alejadas a los centros del Renar, pueda acceder a estos nuevos puestos móviles para la entrega voluntaria y anónima de armas. Los puestos móviles pueden llegar a todas las localidades de la provincia;
Que, el Secretario de Seguridad Comunitaria de la provincia de Santa Fe, Ubaldo Rogelio Modarelli, en su visita a Venado Tuerto presentó oficialmente la existencia del convenio que firmó la provincia con el Renar;
Que, según la información remitida al día de la fecha por la Secretaría Provincial de Seguridad Comunitaria, el Municipio de Villa Cañás no ha solicitado la implementación en nuestra ciudad de puestos para la recepción de armas en el marco del Programa Nacional de Desarme;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar con la Secretaría de Seguridad Comunitaria de la Provincia de Santa Fe la implementación del “Programa Nacional de Desarme Voluntario” en nuestra ciudad.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil ocho.-