VISTO:
La situación de algunos vecinos del denominado “Barrio Pardo” y/o “La Victoria”, que han solicitado al Municipio el otorgamiento del Certificado de Libre Deuda por la Contribución de Mejoras Obra “Gas Natural”;
La Ordenanza Nº 735/08 que en su artículo primero ordena el otorgamiento del “Libre Deuda” a aquellos frentistas cuya deuda por Contribución de Mejoras por Obra de Gas Natural se hallare prescripta;
La compleja situación de público conocimiento que se generó en torno al mencionado barrio y a la Empresa Golden Proyect, sobre la titularidad de los inmuebles;
La inexistencia, en general, de instrumentos legales y/o contables que reflejen la relación, derechos y deberes de las partes involucradas en la obra, y en particular, de documentación referida a la Contribución de Mejoras Obra “Gas Natural”, no habiendo así, elementos para saber fehacientemente si la obra fue oportunamente pagada, si así fuera quién lo hizo, o de lo contrario quién se obligó (si la empresa constructora o los frentistas) al pago de la misma, tal como lo ha manifestado verbalmente y ratificado por escrito la ex Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Villa Cañás durante el período 1.999–2.007, en respuesta al pedido de informe efectuado por la actual Secretaria de Hacienda; y
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dar respuesta a las actuales demandas de algunos vecinos del “Barrio Pardo”, y previendo las que seguramente se suscitarán en el corto o mediano plazo, dada la importancia que reviste la posibilidad de conectarse a la red domiciliaria de gas natural y su influencia sobre la calidad de vida;
Que, es requisito por parte de “Litoral Gas” de presentar el certificado de libre deuda de la obra de gas para realizar la conexión domiciliaria;
Que, existe la imposibilidad de la Municipalidad de determinar fehacientemente la situación de cada uno de los inmuebles del “Barrio Pardo” con respecto a la obra de gas, dada la inexistencia de los registros o documentos correspondientes;
Que, el deber propio y natural del Municipio es resguardar los intereses de la comunidad toda y proteger el patrimonio público, lo que le imposibilita emitir certificados de libre deuda, cualquiera fuere el concepto, sin contar con el respaldo documental pertinente;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir los certificados de Libre Deuda por la Contribución de Mejoras Obra “Gas Natural”, para los vecinos del denominado “Barrio Pardo”, que así lo soliciten.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los trece días del mes de agosto del año dos mil ocho.-