VISTO:
Lo contemplado en Ordenanza Nº 734/08; y
CONSIDERANDO:
La imperiosa necesidad de un importante sector de nuestra población de contar con los servicios de gas natural;
El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Otórguese el “libre deuda” a aquellos frentistas a quienes la deuda por Contribución de Mejoras por Obra de Gas se hallare prescripta.-
Artículo 2do..- Envíese una copia a Litoral Gas.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los once días del mes de junio del año dos mil ocho.-