Ordenanza Nº 735/08

VISTO:

 

         Lo contemplado en Ordenanza Nº 734/08; y

 

CONSIDERANDO:

 

           La imperiosa necesidad de un importante sector de nuestra población de contar con los servicios de gas natural;  

          

            El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

 

 Artículo 1ro..- Otórguese el “libre deuda” a aquellos frentistas a quienes  la deuda por Contribución de Mejoras por Obra de Gas se hallare prescripta.-

 

Artículo 2do..- Envíese una copia a Litoral Gas.-

 

Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.- 

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los once  días del mes de junio del año dos mil ocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 1.442.C.08

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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