Ordenanza Nº 733/08

VISTO:

 

            La necesidad de disminuir la velocidad de vehículos de Calle 49 entre 64 Bis y 68 Bis; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que, desde siempre ha sido preocupación del Departamento Ejecutivo Municipal la seguridad en el tránsito;

 

            Que, los vecinos de la mencionada arteria han solicitado se arbitren los medios necesarios para reducir la velocidad de los vehículos;

 

            Que, ha pesar de los carteles indicadores, no se logra reducir la velocidad de circulación;

 

            Que, por el hábito de conductores irresponsables, es necesario autorizar la construcción de reductores de velocidad (lomos de burro);

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Dispóngase la construcción de Reductores de Velocidad “Lomos de Burro” en la Calle 49 entre calles 64 Bis y 68 Bis.-

 

Artículo 2do..- La instalación de cualquier control de tránsito vehicular debe contar con eficiente señalización por medio de carteles informativos de velocidad máxima y alertar el uso de estos sistemas con varios metros de antelación a la ubicación de los mismos.-

 

Artículo 3ro..- Las dimensiones (alto y ancho) deberá fijarlas la Municipalidad por la Secretaría correspondiente.-

 

Artículo 4to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los quince  días del mes de mayo del año dos mil ocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 333.I.08

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

Realizado por  www.pensamosprimero.com