Ordenanza Nº 732/08

VISTO:

 

            La donación efectuada por; BORRAS FERNANDO, DARIO Y JOSÉ, consistente en 675 metros cuadrados y 500 metros cuadrados cada uno – lotes Nº 2 y 3 – que surge de la mensura de un terreno de su propiedad, Parte de la quinta Nº 85 del  plano  oficial  inscripto  su  Dominio en el Registro  General de la  Propiedad  en  Tº 473 – F 105 – Nº 216.437 de fecha 26/03/93, P.I.I. Nº 17-19-00-379584/0000-0 nomenclatura catastral Manzana 0004, Parcela 0001 de acuerdo al plano del Agrimensor JORGE H. GALVÁN de fecha Enero de 2008, y

 

CONSIDERANDO:

 

                                Que para la aceptación de la mencionada donación es menester se someta a éste Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente a través de la normativa que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39, inciso 8) de la Ley 2756;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona el presente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Acéptese la donación efectuada con destino a camino público por BORRAS FERNANDO MIGUEL – L.E. 6.134.131; BORRAS DARIO FERNANDO –DNI  Nº 21.721.424 Y BORRAS JOSÉ MARÍA – DNI  Nº 22.636.399,  del plano de mensura y subdivisión confeccionado por el agrimensor JORGE H. GALVÁN, que posteriormente se inscribirá en el Departamento de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, consistente en 675 metros cuadrados y 500 metros cuadrados - según mensura y subdivisión de parte de la Quinta Nº 85: Lote Nº 2 y 3, s/ plano Inscripto en el Registro General de la Propiedad en Tº 473-F 105- Nº 216.473, para continuidad de las calles 34 y 63 respectivamente.-

 

Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-  

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los quince  días del mes de mayo del año dos mil ocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 332.I.08

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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