Ordenanza Nº 731/08

ANTECEDENTES:

 

            En muchos países lo intolerancia al gluten o enfermedad celíaca es considerada una epidemia. En Argentina a pesar de tener mayor prevalencia por ser productor de trigo, se ignora cuantos casos hay, pero se supone que por cada caso diagnosticado hay ocho sin diagnosticar. Lo que queda claro es que nos alimentamos tan mal que las enfermedades de trastornos alimenticios nos están llevando por delante.-

            Las aftas, anemia crónica, distensión abdominal, migrañas, menopausia precoz, osteoporosis y hasta infertibilidad son los síntomas más comunes de la enfermedad celíaca cuando no está debidamente diagnosticada.-

            El tratamiento de por vida consiste en una dieta sin alimentos preparados con trigo, avena, cebada  y centeno (TACC). Este tratamiento evita que se atrofie o dañe los intestinos y logra que el organismo pueda absorber los alimentos necesarios para no desnutrirse.-

 

VISTO:

            Los antecedentes mencionados y que la alimentación para celíacos duplica en precio a los alimentos estándares; y

 

CONSIDERANDO:

 

            La necesidad que el estado municipal se comprometa con la población afectada de enfermedad celíaca;

 

            El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente: 

 

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá atender las necesidades mínimas para que todos los pacientes diagnosticados concretamente de enfermedad celíaca, sean estos mayores o menores sin distinción de sexo, reciban de parte del Municipio lo indispensable en materia alimenticia para que puedan llevar adelante su tratamiento dietético.-

 

Artículo 2do..- Solo serán beneficiarios del artículo 1º aquellas personas que tengan demostrado ante la Secretaría de Acción Social su situación socio-económica de escasos recursos materiales para afrontar el tratamiento.-

 

Artículo 3ro..- Será obligación del Departamento Ejecutivo Municipal de adherir a planes ejecutados desde el Gobierno Nacional y/o Provincial para la lucha y diagnosticación efectiva de la enfermedad celíaca.-

 

Artículo 4to..- Notifíquese, publíquese y archívese.- 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil ocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 1.419.C.08

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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