Ordenanza Nº 1140/17

VISTO:

La sanción de la Ordenanza Nº 1.132/17 mediante la cual se aprobó la concreción de un convenio entre la Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad, y, la solicitud de prórroga del acuerdo contraído que solicita la referida Dirección Provincial para ejecutar trabajos durante el año 2.017; y

 

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 26/04/2.017 se sancionó la Ordenanza Nº 1.132/17 mediante la cual se aprobó la concreción de un convenio entre la Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad, para ejecutar trabajos de conservación de calzadas naturales y/o mejorados en la red vial provincial en el marco del programa de descentralización vial, la cual deberá ser derogada;

Que, en la misma se debió proceder a la aprobación de la prórroga automática del convenio que se encuentra vigente para continuar con los trabajos descriptos en el párrafo anterior;

Que, los términos del Convenio continúan vigentes y la tasa por conservación fijada por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por esta Municipalidad es razonable y compensan las inversiones a su cargo;

Que, asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente Municipal, Sr. Norberto Raúl Gizzi, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como para percibir la tasa que se establezca;

Que, a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad; del ejercicio en el cual se ejecutan las Tareas;

Que, evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

 

Artículo 1ro..- Deróguese la Ordenanza Nº 1.132/17 sancionada por este Honorable Concejo Municipal en fecha 26/04/2.017.-

 

Artículo 2do..- Apruébese la prórroga automática del Convenio vigente entre esta Municipalidad, representada por su Intendente, Señor NORBERTO R. GIZZI, y la Dirección Provincial de Vialidad para proseguir con los trabajos de Conservación de Calzadas Naturales o Mejorado de la Red Vial Provincial durante el ejercicio del año 2.017, conforme al plan de trabajo  establecido de común acuerdo entre las partes, en el marco del Programa de Descentralización Vial.-

 

Artículo 3ro..- Facultase al Señor NORBERTO R. GIZZI, Intendente de la Municipalidad de Villa Cañás, a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del convenio y a la percepción del monto certificado, en función de la Tasa establecida.-

 

Artículo 4to..- Apruébese la inversión que deberá realizar esta Municipalidad, conforme a la Ley Nº 2756.-

 

Artículo 5to..- Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-

 

Artículo 6to..- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 685.I.17

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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