VISTO:
La necesidad de desarrollar acciones destinadas a mejorar la seguridad vial y el tránsito en la localidad; y
CONSIDERANDO:
Que, el tránsito está regulado en el ámbito provincial por la Ley N° 11.583, de adhesión a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 2311/98;
Que, la seguridad vial está regulada por la Ley Provincial N° 13.133, de adhesión a la Ley Nacional de Seguridad Vial N° 26.363 y su Decreto Reglamentario;
Que, oportunamente este Concejo Municipal ha sancionado la Ordenanza Nº 875/2012 mediante la cual se adhirió a las Leyes Provinciales Nº 11.583 y Nº 13.133 y sus Decretos Reglamentarios;
Que, es necesario el trabajo mancomunado con las Autoridades Provinciales en el desarrollo de distintos proyectos, algunos de los cuales están en marcha;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Adhiérase en todos sus términos a la Ley Provincial N° 13.169 y su Decreto Reglamentario.-
Artículo 2do..- Autorícese la afectación de los fondos recaudados en virtud de lo regulado por Leyes Nº 11.583, Nº 13.133 y Nº 13.169 derivados de la aplicación del sistema de seguridad vial, a la atención de infraestructura, equipamiento, gastos de funcionamiento, servicios y desarrollo de programas del Sistema de Seguridad Vial.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diecisiete.-