Ordenanza Nº 774/09

VISTO:

La Ordenanza Nº 761/09, que regula la ejecución de trabajos que impliquen roturas o excavaciones en la vía pública;

La Ordenanza Nº 715/07, que concede a la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañás Limitada, la prestación de servicios de utilidad general, la explotación, mantenimiento, suministro, ampliación y provisión del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y  Desagües Cloacales dentro de la jurisdicción correspondiente a la Municipalidad de Villa Cañás;

La documentación presentada por  la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañás Limitada, en la que eleva a consideración de la Municipalidad una nueva determinación de los cargos por conexión de los servicios de agua potable y desagües cloacales, que incluye el nuevo Régimen Tarifario, que se adjunta y forma parte de la presente, y

 

CONSIDERANDO:

Que, en su artículo cuarto, la Ordenanza Nº 761/09, establece que: “Toda obra que implique roturas o excavaciones en veredas, calles o calzadas de todo tipo y cualquier otro espacio público, tendiente a la conexión domiciliaria de cualquier servicio público (gas natural, energía eléctrica, agua potable, desagües cloacales, telefonía, televisión, Internet, y todo otro servicio que se puedan prestar en el futuro en nuestra ciudad), deberá ser ejecutada exclusivamente por los concesionarios de dichos servicios, sea con personal propio o contratado, bajo su total responsabilidad”;

Que, la Ordenanza Nº 715/07 incluye el “CONTRATO DE CONCESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DOMICILIARIO Y DESAGÜES CLOACALES POR REDES EN LA LOCALIDAD DE VILLA CAÑÁS”, que en su Cláusula Décimo Segunda fija el procedimiento para la aplicación del cuadro tarifario y sus modificaciones;

Que, a la fecha los costos del cargo por conexión al servicio de desagües cloacales que presta la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañás Limitada es de $ 0,00 (pesos cero c/00/100), debido a que la prestadora, hasta la promulgación de la Ordenanza Nº 761/09, no realizaba el trabajo de conexión domiciliaria, que era ejecutado por cloaquistas particulares costeados por el responsable del inmueble;

Que, ante el cambio normativo referenciado, que pone en cabeza de la  Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañás Limitada las tareas de conexión domiciliaria a la red, dicha entidad ha presentado un nuevo Cuadro Tarifario, acompañado con las correspondientes justificaciones técnicas y financieras, a los efectos de cuantificar el costo de los nuevos servicios a su cargo y actualizar los que ya prestaba;

Que, por lo expuesto se hace necesaria una Ordenanza que regule la situación explicitada;

 Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- APRUÉBESE el nuevo “Régimen Tarifario” de Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañás Limitada,  para la ejecución de las diversas tareas vinculadas con los servicios que presta, que se adjunta y forma parte integral de la presente.

 

Artículo 2do..- Publíquese, regístrese y archívese. 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los doce días del mes de agosto del año dos mil nueve.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 365.I.09

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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