VISTO:
El próximo inicio de los trabajos para la concreción de la obra de construcción de la primera etapa de veinte (20) Viviendas, Resolución Nº 1831/10 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, Plan Nº 3539, que consta de quince (15) viviendas de dos dormitorios y cinco (5) de tres dormitorios, Expediente N° 152010142937-3; y
CONSIDERANDO:
Que, la obra de referencia se construirá por administración municipal, y en tanto se hace necesario el nombramiento de profesionales habilitados e inscriptos en los Colegios Profesionales de: Ingenieros en construcciones, arquitectos, técnicos constructores nacionales o maestros mayores de obras de la Provincia de Santa Fe;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Desígnase como Representantes Técnicos de la Municipalidad de Villa Cañás, a los Arquitectos Carlos De La Vega, D.N.I. Nº 12.841.029, matrícula profesional CAPSF Nº 01390, y Pablo Panadero, D.N.I. Nº 25.660.276, matrícula profesional CAPSF Nº 06185, ambos domiciliados en Córdoba 802 de la Ciudad de Firmat, Provincia de Santa Fe, para que en forma conjunta y/o indistinta, se encarguen de la conducción técnica de la obra, asesoramiento, confección de planos y realización de todas las tramitaciones correspondientes hasta la finalización de la obra cuando lo determine la Municipalidad.-
Artículo 2do..- Los servicios profesionales, serán liquidados atento lo pactado según contrato de obra.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diez.-