VISTO:
El Programa Federal “Techo Digno”, cuya información fuera remitida a la Municipalidad de Villa Cañás, mediante nota de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, por la cual se informa que se ha puesto en marcha una política de habitacional focalizada que otorgará soluciones en materia de viviendas a los trabajadores de la educación, dando cumplimiento a un reclamo histórico de la docencia santafesina; y
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno Provincial dispuso un sistema de inscripción a través de la página oficial de la Provincia de Santa Fe, para que los docentes interesados en acceder a una vivienda, que cumplieran con los requisitos exigidos (no poseer otra propiedad, tener grupo familiar, encuadrar en los ingresos mínimos y máximos, radicación mínima de 2 años, entre otros), pudieran inscribirse desde el 18 y hasta el 29 de octubre de 2010;
Que, la Comisión de Vivienda Docente y el Gobierno Provincial han convocad1o a los presidentes comunales e intendentes a presentar la adhesión al programa, mediante la donación de un loteo para la construcción del plan de viviendas en cada localidad;
Que; conforme le fuera informado al Departamento Ejecutivo Municipal al consultar con Autoridades Provinciales, el número estimativo de viviendas a asignar a la Ciudad de Villa Cañás, sería de aproximadamente 20 (veinte), de un total de 2.600 viviendas a distribuir en toda la Provincia;
Que, se considera que este Plan de Viviendas focalizado en el bienestar docente, resulta de la mayor importancia y debe contar con el apoyo del Municipio, para coadyuvar a una mejor calidad de vida y al acceso a la vivienda propia, a la vivienda digna, para aquellos docentes que aún no lo han conseguido;
Que, a los fines de la adhesión al Programa Federal “Techo Digno”, se requiere la donación de un terreno a tales efectos;
Que, el Municipio cuenta con un terreno de aproximadamente 4 hectáreas adquirido precisamente para ser destinado a la construcción de un barrio de viviendas, y que por su infraestructura de servicios y por su localización, se presenta como sumamente conveniente para que, luego de realizado el loteo correspondiente, parte del terreno, es decir 20 lotes, sean donados a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo con afectación al Plan de Vivienda para Docentes “Techo Digno”;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- ADHIÉRESE al Programa Federal “Techo Digno”, plan de viviendas destinado a docentes de todos los niveles y modalidades de escuelas oficiales tanto de gestión pública como privada, que se hará extensivo a las cinco regiones de la Provincia, y estará a cargo de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda.-
Artículo 2do..- Procédase al loteo del inmueble de propiedad del Municipio identificado como “una fracción de terreno de quinta situada en el distrito Villa Cañás, Dpto. Gral. López, Provincia de Santa Fe, la que es parte de la número Once, plano oficial, LOTE NUMERO OCHENTA Y SEIS A; del plano de subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Juan C. P. Cignoli, en enero de 1970, archivado bajo el Nº 61.225, compuesta de 200 metros en sus costados Nor-Oeste y Sud-Este; 199,55 metros al Sud-Oeste y 200,25 metros al Nor-Este, lindando: al Su-Este con propiedad de Cuzma Bosnic; al Sud-Oeste, con Rafaela L. de Amelotti e hijos; al Nor-Oeste con Avenida Nº 36; y al Nor-Este con propiedad de la Sucesión Ángel J. Clivio, Carolina T. Gallo de Martinez, calle pública, y parte de propiedad de Juana Vda. de Jora. Superficie total: 3 hectáreas, 99 áreas y 80 centiáreas”, el mismo se encuentra empadronado para el pago del impuesto inmobiliario bajo la Partida Nro. 17-19-00-379593/0000-8, e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de Rosario al Tomo 399, Folio 42, Nro. 417.668 – Marginales - Dpto. Gral. López.-
Artículo 3ro..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos que, una vez realizado el loteo pertinente, proceda en forma inmediata a DONAR a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, entre 20 (Veinte) y 25 (Veinticinco) lotes para su afectación al Programa Federal “Techo Digno”, con cargo de construcción de dichas viviendas. La Selección de los lotes aludidos, deberá ser de manera tal de posibilitar ulteriores donaciones con destino a otros planes de vivienda que pudieran implementarse en el futuro. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá informar al Honorable Concejo Municipal acerca del número final e individualización de los lotes afectados a dicho Programa.-
Artículo 4to..- La validez de la donación que se autoriza por la presente, tendrá un plazo efectivo de 24 (veinticuatro) meses a contar desde la suscripción de la correspondiente escritura; vencido dicho plazo sin que se haya concretado la obra, la Donación quedará sin efecto por incumplimiento del cargo impuesto, recuperando automáticamente la Municipalidad el pleno dominio de los lotes, sea en forma total o parcial, en función del grado de ejecución y avance de obra. El mismo efecto de recuperación por parte del Municipio, tendrá lugar en caso de que el Municipio sea informado formalmente de que a Villa Cañás se le asignarán menos de 20 viviendas, teniendo lugar la recuperación de los lotes que excedan la cantidad asignada.-
Artículo 5to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.-