Ordenanza Nº 821/10

VISTO:

 

              La Ordenanza Municipal Nº 755/08, referida al Plan de Ejecución de Cordón Cuneta en Barrio Sur; y

 

CONSIDERANDO:

                               

Que, el artículo noveno de la Ordenanza Nº 755/08 prevé las diferentes formas de pago de la Contribución de Mejora Cordón Cuneta;

 

Que, los incisos “C” a “F”, de dicho Artículo Noveno, no resultan lo suficientemente claros en su redacción, existiendo errores de cálculo en las fórmulas aplicadas;

                                  

Que, dado el avance de las obras ejecutadas en Barrio Sur, y a los efectos de tener pautas claras para la determinación del valor a abonar por los frentistas en función de la forma de pago elegida, se hace necesario modificar dicha normativa, a fin de simplificar su interpretación;

 

Que, dicha norma requiere ser clarificada teniendo en cuenta la voluntad de los legisladores, que coincide con la interpretación más favorable para el Contribuyente, esto es: Aplicación de un interés anual del 8% para el pago en 24, 36 y 48 cuotas, y del 12% anual para el pago en 60 cuotas;

 

            Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

 Artículo 1ro..- Modificase al artículo Noveno de la Ordenanza Municipal Nº 755/08 en el sentido que la tasa de interés a aplicar según la forma de pago elegida será del: 8% anual para el pago en 24, 36 y 48 cuotas; y del 12% anual para el pago en 60 cuotas. Siendo el pago contado con un 5% de descuento, y el pago en hasta 12 cuotas sin recargo alguno.

 

Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese, archívese.- 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los quince días del mes de septiembre del año dos mil diez.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 404.I.10

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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