Ordenanza Nº 810/10

VISTO:

             El Convenio celebrado ente la Municipalidad de Villa Cañás y América Latina Logística – Central S. A. (“ALL”), en virtud del cual se le otorga al Municipio la Tenencia Precaria del Galpón de Cargas Nº 1 ubicado en el Centro de Cargas de la Estación Villa Cañás; y

 

CONSIDERANDO:

             Que, la tenencia del inmueble se otorga por el plazo de dos años, pudiendo ser renovado automáticamente por períodos iguales;

 

             Que, el Convenio de Uso suscripto no implica la obtención de canon alguno por parte de ALL;

 

            Que, la finalidad perseguida es la utilización del Galpón con fines culturales, educativos, comunitarios, excluyéndose su destino a la actividad comercial;

           

            Que, el Municipio ya ha celebrado contratos del tenor del firmado con ALL, obteniendo buenos resultados;

 

            Que, ha sido muy positiva la experiencia que han tenido otras Ciudades de la Provincia con la recuperación de inmuebles ferroviarios;

 

            Que, es de fundamental importancia seguir generando nuevos ámbitos en la Ciudad, para la cultura, la recreación, el divertimento de niños, adolescentes, jóvenes y adultos; espacios en donde las familias cañaseñas puedan expresarse y compartir en comunidad;

 

 

  Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..-  Ratificase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Villa Cañás y América Latina Logística – Central S. A. que en copia se adjunta, formando parte integrante del presente.-

 

Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintiséis días  del mes de mayo del año dos mil diez.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 396.I.10

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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