Ordenanza Nº 809/10

VISTO:

             La tramitación iniciada ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de “20 (veinte) viviendas”, que obra en el Expediente Nº 15202-0006916-4 de los registros del aludido Organismo; y

 

CONSIDERANDO:

             Que, es necesario contar, previo a la aprobación del trámite, con la presentación del Estudio de Suelo del terreno afectado a la construcción de  viviendas;

 

             Que, según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales;

 

  Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Asumir la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previstos en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra, a raíz de la construcción de las viviendas.-

 

Artículo 2do..- Comuníquese al Organismo pertinente, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los doce días  del mes de mayo del año dos mil diez.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 395.I.10

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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