Ordenanza Nº 801/10

VISTO:

La Ordenanza Nº 792/09, que regula la Habilitación, Construcción, Instalación, y Verificación de Estructuras Soporte de Antenas y Equipos Complementarios de Telecomunicaciones Móviles, Telefonía Celular, Fija o Inalámbrica, y asimismo las Tasas y Derechos a abonar por tales conceptos;

La Ordenanza Nº 722/08 que establece los mecanismos de selección de contratistas que corresponden en función de los montos comprometidos;

La Ordenanza Nº 712/07, que regula la Localización, Proyecto, Cálculo y Construcción de Estructuras de Antenas que soporten Equipos utilizados para el Servicio de Telefonía Celular; y

 

CONSIDERANDO:

Que, las cuestiones referidas a la localización, habilitación, control, etc., de Estructuras Soporte de Antenas y Equipos Complementarios de Telecomunicaciones, si bien tuvieron un principio de regulación con la Ordenanza Nº. 712/07, el Municipio no tuvo la capacidad técnica para plasmar en la práctica las previsiones de dicha normativa con relación a esta temática tan compleja;

 

Que, la Ordenanza Nº 792/09 vino a salvar aspectos no contemplados por la Ordenanza Nº 712/07, buscando asimismo tratar integralmente una cuestión de importancia tanto desde el punto de vista de la seguridad como de la salud de los ciudadanos, como lo es la instalación de Antenas de Telecomunicaciones;

 

Que, la normativa vigente prevé la realización de tareas de índole técnica que revisten una especificidad y complejidad que demandan contar con los recursos humanos y materiales pertinentes al efecto, recursos con los que el Municipio no cuenta actualmente;

 

Que, en otros Municipios y Comunas del país, por la imposibilidad de gestionar el gobierno local por sí, todo lo referido a la habilitación y control de las estructuras para telecomunicaciones, es usual que se encarguen dichas tareas a particulares que cuentan con la tecnología y los profesionales necesarios a tales efectos;

 

Que, efectuar un adecuado análisis de la situación en nuestra ciudad, tener un registro permanentemente actualizado de las Estructuras Soporte de Antenas y Equipos Complementarios de Telecomunicaciones Móviles, Telefonía Celular, Fija o Inalámbrica, y asimismo efectuar un seguimiento personalizado de cada responsable de las mismas, tanto en lo referido a los derechos a abonar, como al mantenimiento en condiciones adecuadas de dichas estructuras, resulta de fundamental importancia para el Municipio;

 

Que, por la modalidad de los contratos a través de los cuales los Municipios tercerizan el control y gestión de cobro para el funcionamiento de las Antenas de Telecomunicaciones, no se asumen riesgos de tipo económico, dado que el monto a percibir por el Particular está exclusiva y directamente ligado a las sumas que efectivamente ingresen a los Municipios por los pagos que efectúen los titulares y/o responsables de dichas antenas en base a la legislación vigente;

 

                  Por todo ello, el Honorable  Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- RATIFÍCASE el “Contrato de Servicios” suscripto entre el Sr. Intendente Municipal y el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Villa Cañás con la firma “Servicios Comunales S.A.”, C.U.I.T. Nº 30-71063249-5, con domicilio en Montevideo 2420 Piso 6to de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, que en copia se adjunta y forma parte integrante del presente.

Artículo 2do..- DISPÓNESE que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir al Honorable Concejo Municipal, informes trimestrales acerca de los relevamientos efectuados y los montos percibidos por el Municipio en virtud del Convenio que se ratifica por el presente.

Artículo 3ro.- Notifíquese, publíquese y archívese. 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los catorce días  del mes de abril del año dos mil diez.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 392.I.10

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

Realizado por  www.pensamosprimero.com