Ordenanza Nº 864/11

VISTO:

 

            Que, es necesario contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2.011; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades, el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de recursos ha sido elevado para su consideración;

 

             El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Fíjase en la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 31.802.860,-) el total de las Erogaciones del presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.011 conforme al siguiente resumen que analíticamente se desagrega de la Administración Municipal en planillas anexas a la presente Ordenanza:

 

RENTAS

 Generales

Especiales

Total

EROGACIONES CORRIENTES

  22.810.510

        529.050

  23.339.560

OPERACIÓN

  20.404.290

        529.050  

  20.933.340

Personal

  15.203.250

        502.550

  15.705.800

Bs. Y Serv. no pers

    5.201.040

          26.500

    5.227.540

INTERESES DE DEUDAS

         52.750       

 

         52.750

TRANSFERENCIAS

     2.283.470

 

    2.283.470

A CLASIFICAR

          70.000

 

         70.000

EROGACIONES DE CAPITAL

     6.292.900

      2.170.400

    8.463.300

INVERSIONES REALES

     6.239.400

      2.170.400

    8.409.800

Bienes de capital

        157.500

 

       157.500

Trabajos Públicos

     6.081.900

      2.170.400

    8.252.300

BIENES PREEXISTENTES

          23.500

 

         23.500

Inv. financiera

                  -  

 

                 -  

A CLASIFICAR

         30.000

 

        30.000

TOTAL

  29.103.410

     2.699.450

   31.802.860

 

Artículo 2do..- Estímase en la suma de PESOS  VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CIEN ($ 24.525.100.-), el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:

 

Rentas

 Generales

Especiales

Total

RECURSOS CORRIENTES

  24.392.600

            -         

  24.392.600

DE JURISDICCION PROPIA

    8.865.000

            -         

    8.865.000

TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

    7.248.650

            -          

    7.248.650

TASAS Y DERECHOS

    5.758.850

                       

    5.758.850

CONTRIB DE MEJORAS

    1.489.800

                       

    1.489.800

NO TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

       829.550

 

       829.550

TRIBUTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

       786.800

 

      786.800

DE OTRAS JURISDICCIONES

  15.527.600

           -            

  15.527.600

Copart. del ejercicio

  15.527.600

 

  15.527.600

Cop. ejercicios anter.

           -  

 

          -  

RECURSOS DE CAPITAL

       132.500

           -            

      132.500

VENTA DE ACTIVO FIJO

       132.500

           -           

      132.500

TOTAL

  24.525.100

           -          

 24.525.100

 

Artículo 3ro..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo Financiero

 

Rentas

 Generales

Especiales

Total

Total de Erogaciones del Art. 1

  29.103.410

     2.699.450

  31.802.860

Total de Recursos del Art. 2

  24.525.100

             -  

  24.525.100

NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO

    4.578.310

     2.699.450

    7.277.760

 

 Artículo 4to..- Fíjase en la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($ 279.900,-) el importe de Otras Erogaciones que se detallan con desagregación analítica en los cuadros siguientes:

 

Rentas

 Generales

Especiales

Total

EROG P/ATENDER LA AMORTIZAC. DE LA DEUDA RG

    128.700

    151.200

 279.900

 

Artículo 5to..- Estímase en la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA ($ 7.557.660.-), el Financiamiento de la administración municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:

Rentas

 Generales

Especiales

Total

I   APORTES NO REINTEGRABLES

179.300

       7.378.360

7.557.660

II  USO DEL CREDITO

 

 

 

TOTAL DEL FINANCIAMIENTO

179.300

       7.378.360

    7.557.660

 

Artículo 6to..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 4 y 5 de la presente Ordenanza estímase el Financiamiento Neto de la administración en la suma de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 7.277.760,-), destinado a la atención de la necesidad del financiamiento establecido en el artículo 3º de la presente Ordenanza conforme el resumen que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza.-

 

Rentas

 Generales

Especiales

Total

I    TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART 5º

       179.300

     7.378.360

   7.557.660

II TOTAL DE OTRAS EROGACIONES S/ART 4

       128.700

        151.200

      279.900

III TOTAL FINANCIAMIENTO NETO

         50.600

     7.227.160

   7.277.760

 

 

Artículo 7mo..- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el articulo 1 de la presente Ordenanza, en la medida que las mismas resulten indispensables para el desenvolvimiento de los servicios y que el comportamiento esperado en la percepción de los Recursos permitan garantizar en atención, dando cuenta de todo ello al Honorable Concejo Municipal dentro de los treinta días (30) siguientes.-

 

Artículo 8vo..- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, Provincia, o Entes descentralizados, deberán ajustarse, en cuanto a su momento y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material y jurídicamente asegurada dentro del ejercicio.-

 

 

Artículo 9no..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias e incrementando las ya previstas cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a leyes, decretos, convenios nacionales o provinciales en vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional, Provincial y/o Entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.-

 

Artículo 10mo..- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer ajustes presupuestarios entre las normas fijadas en los artículos 1º y 5º, cuando se trate de partidas figurativas. Estos ajustes serán comunicados al Honorable Concejo Municipal en los plazos del artículo 7º.-

 

Artículo 11ro..- Fíjase en ciento diez (110) el número de cargos de la planta permanente municipal.-

 

Artículo 12do..- Mantiénese en vigencia para el ejercicio 2011 el Clasificador uniforme de la estructura del Presupuesto y sus conceptualizaciones.-

 

Artículo 13ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil once.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 408.I.10

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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