VISTO:
Que, es necesario contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2.011; y
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades, el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de recursos ha sido elevado para su consideración;
El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Fíjase en la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 31.802.860,-) el total de las Erogaciones del presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.011 conforme al siguiente resumen que analíticamente se desagrega de la Administración Municipal en planillas anexas a la presente Ordenanza:
RENTAS |
Generales |
Especiales |
Total |
EROGACIONES CORRIENTES |
22.810.510 |
529.050 |
23.339.560 |
OPERACIÓN |
20.404.290 |
529.050 |
20.933.340 |
Personal |
15.203.250 |
502.550 |
15.705.800 |
Bs. Y Serv. no pers |
5.201.040 |
26.500 |
5.227.540 |
INTERESES DE DEUDAS |
52.750 |
|
52.750 |
TRANSFERENCIAS |
2.283.470 |
|
2.283.470 |
A CLASIFICAR |
70.000 |
|
70.000 |
EROGACIONES DE CAPITAL |
6.292.900 |
2.170.400 |
8.463.300 |
INVERSIONES REALES |
6.239.400 |
2.170.400 |
8.409.800 |
Bienes de capital |
157.500 |
|
157.500 |
Trabajos Públicos |
6.081.900 |
2.170.400 |
8.252.300 |
BIENES PREEXISTENTES |
23.500 |
|
23.500 |
Inv. financiera |
- |
|
- |
A CLASIFICAR |
30.000 |
|
30.000 |
TOTAL |
29.103.410 |
2.699.450 |
31.802.860 |
Artículo 2do..- Estímase en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CIEN ($ 24.525.100.-), el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
RECURSOS CORRIENTES |
24.392.600 |
- |
24.392.600 |
DE JURISDICCION PROPIA |
8.865.000 |
- |
8.865.000 |
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO |
7.248.650 |
- |
7.248.650 |
TASAS Y DERECHOS |
5.758.850 |
|
5.758.850 |
CONTRIB DE MEJORAS |
1.489.800 |
|
1.489.800 |
NO TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO |
829.550 |
|
829.550 |
TRIBUTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES |
786.800 |
|
786.800 |
DE OTRAS JURISDICCIONES |
15.527.600 |
- |
15.527.600 |
Copart. del ejercicio |
15.527.600 |
|
15.527.600 |
Cop. ejercicios anter. |
- |
|
- |
RECURSOS DE CAPITAL |
132.500 |
- |
132.500 |
VENTA DE ACTIVO FIJO |
132.500 |
- |
132.500 |
TOTAL |
24.525.100 |
- |
24.525.100 |
Artículo 3ro..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo Financiero
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
Total de Erogaciones del Art. 1 |
29.103.410 |
2.699.450 |
31.802.860 |
Total de Recursos del Art. 2 |
24.525.100 |
- |
24.525.100 |
NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO |
4.578.310 |
2.699.450 |
7.277.760 |
Artículo 4to..- Fíjase en la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($ 279.900,-) el importe de Otras Erogaciones que se detallan con desagregación analítica en los cuadros siguientes:
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
EROG P/ATENDER LA AMORTIZAC. DE LA DEUDA RG |
128.700 |
151.200 |
279.900 |
Artículo 5to..- Estímase en la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA ($ 7.557.660.-), el Financiamiento de la administración municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
I APORTES NO REINTEGRABLES |
179.300 |
7.378.360 |
7.557.660 |
II USO DEL CREDITO |
|
|
|
TOTAL DEL FINANCIAMIENTO |
179.300 |
7.378.360 |
7.557.660 |
Artículo 6to..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 4 y 5 de la presente Ordenanza estímase el Financiamiento Neto de la administración en la suma de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 7.277.760,-), destinado a la atención de la necesidad del financiamiento establecido en el artículo 3º de la presente Ordenanza conforme el resumen que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza.-
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
I TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART 5º |
179.300 |
7.378.360 |
7.557.660 |
II TOTAL DE OTRAS EROGACIONES S/ART 4 |
128.700 |
151.200 |
279.900 |
III TOTAL FINANCIAMIENTO NETO |
50.600 |
7.227.160 |
7.277.760 |
Artículo 7mo..- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el articulo 1 de la presente Ordenanza, en la medida que las mismas resulten indispensables para el desenvolvimiento de los servicios y que el comportamiento esperado en la percepción de los Recursos permitan garantizar en atención, dando cuenta de todo ello al Honorable Concejo Municipal dentro de los treinta días (30) siguientes.-
Artículo 8vo..- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, Provincia, o Entes descentralizados, deberán ajustarse, en cuanto a su momento y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material y jurídicamente asegurada dentro del ejercicio.-
Artículo 9no..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias e incrementando las ya previstas cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a leyes, decretos, convenios nacionales o provinciales en vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional, Provincial y/o Entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.-
Artículo 10mo..- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer ajustes presupuestarios entre las normas fijadas en los artículos 1º y 5º, cuando se trate de partidas figurativas. Estos ajustes serán comunicados al Honorable Concejo Municipal en los plazos del artículo 7º.-
Artículo 11ro..- Fíjase en ciento diez (110) el número de cargos de la planta permanente municipal.-
Artículo 12do..- Mantiénese en vigencia para el ejercicio 2011 el Clasificador uniforme de la estructura del Presupuesto y sus conceptualizaciones.-
Artículo 13ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil once.-