VISTO:
El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y los servicios que presta en todo el país; y
CONSIDERANDO:
Que, históricamente el sur de Santa Fe se diseñó para contar con una Agencia del I.N.T.A. cada 350.000 has, y el Departamento Gral. López, que posee 1.158.000 has. aproximadamente, cuenta actualmente con una sola Agencia de Extensión Rural, la AER Venado Tuerto;
Que, existe la decisión a nivel dirigencia del I.N.T.A., de “Reabrir” las Agencias de Extensión que fueron cerradas en 1990, entre las que se encuentra la Agencia de nuestra Ciudad, que funcionó desde 1976 hasta 1990;
Que, nuestra zona cuenta con aproximadamente 53.000 hectáreas agrícolas subdividida en el mayor porcentaje en fracciones chicas, a ello se suman las jurisdicciones de Sana Isabel, Teodelina, María Teresa, San Gregorio, Weelwright, Melincué, Hughes, Chapuy;
Que, es notable la disminución de explotaciones agropecuarias en la Pampa Húmeda: hay menos explotaciones agropecuarias y mayor concentración de tierras;
Que, en Villa Cañás, habiendo existido más de 600 colonos, actualmente, según datos del IPEC, no se llega a los 200 productores agropecuarios;
Que, nuestra ciudad tiene una ubicación estratégica en la zona, y que dado el volumen de producción y la cantidad de productores agropecuarios, se constituye en un lugar ideal para la instalación de una Agencia del I.N.T.A., ya que permitiría tener un fácil acceso a los servicios que brinda este organismo, de manera tal de mejorar y hacer más eficientes los procesos productivos que actualmente se están aplicando en nuestra zona, el núcleo de la “Pampa Húmeda”;
Que, es muy importante contar con una Agencia del I.N.T.A. en Villa Cañás, ya que ello permitiría impulsar como políticas a futuro, el frenar la agriculturización, el diversificar producciones, el agregado de valor en origen, el recuperar la competitividad del productor primario (chico y mediano) mediante la integración vertical de las cadenas agroalimentarias; y asimismo como medio para capacitar y lograr emplear a los jóvenes en producciones animales (ganadería, avicultura, producción de cerdos, etc.);
Que, Instituciones locales y vecinos avalan la presente solicitud, entre ellos el Centro de Comercio e Industria e Instituciones Educativas, que ya han realizado pedidos en este sentido ante el I.N.T.A, entidades intermedias, pequeños productores, además de un número importante de micro-emprendedores que desean capacitarse y/o acceder a mayor información o asesoramiento, resultando primordial evitar que hijos de productores emigren ya que sus familias optan por alquilar sus campos a corporaciones ajenas a la zona, en lugar de producir agro-alimentos mediante el agregado de valor de nuestra materia prima en origen;
Que, las autoridades locales vienen realizando desde hace tiempo diversas gestiones ante el I.N.T.A., tanto a nivel zonal, regional, como nacional, avizorando la pronta reapertura de una agencia en Villa Cañás, ya que mediante una serie de documentos elaborados por el Centro Regional Santa Fe del I.N.T.A., y aprobados por el Consejo Regional, nuestra Ciudad está contemplada, en función de un crédito que el I.N.T.A. ha tramitado con el B.I.D., como una de las localidades en las que se prevé la construcción de Edificio-Oficina en el corto plazo, con asignación de un monto de $357.500 a tales fines;
Que, a los efectos de la re-apertura de la Unidad de Extensión del I.N.T.A., y tal como personal del Instituto lo explicitaron recientemente al visitar nuestra Ciudad, ante miembros del Honorable Concejo Municipal y del Departamento Ejecutivo Municipal, es prioritario proceder a la donación de un terreno en el cual dicho Organismo pueda construir su local;
Que, el Municipio cuenta con un terreno ubicado en la esquina de calles 58 y 63, de una superficie de 255,15 metros cuadrados, que ha sido visitado por personal del I.N.T.A. y que por sus dimensiones y ubicación, ha sido considerado como adecuado a los fines de su donación para la construcción, de parte y a cargo de dicho Instituto, de un local en el que funcionará la Agencia de Extensión a re-abrirse en nuestra ciudad;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente,
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos que proceda a DONAR, a favor del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (I.N.T.A.) -y/o al organismo que corresponda y/o al organismo del que dicho Instituto dependa y/o que lo reemplace en el futuro-, el terreno municipal ubicado en la esquina de calles 58 y 63, a los fines de la re-apertura en nuestra Ciudad, de una Agencia de Extensión del I.N.T.A., con cargo de construcción del local en el que la misma funcionará.-
Dicho inmueble se haya identificado en su título como “una fracción de terreno baldío, ubicada en esta Ciudad de Villa Cañás, departamento General López, provincia de Santa Fe, parte de la quinta diecisiete, manzana 80, del plano oficial según plano de subdivisión confeccionado por el Agrimensor Oscar W. Solhaune, en agosto de 1.965, y que fue registrado en la Dirección General de Catastro bajo el Nº 44.736, es el LOTE TRECE, de la Manzana 80, que forma esquina y mide: 11,34 metros de frente al Sud-Oeste, igual medida a su lado Nor-Este por 22,50 metros de fondo y frente al Sud-Este e igual dimensión al Nor-Oeste, lindando: al Sud-Oeste y Sud-Este, calles Paraguay y España, hoy 63 y 58, respectivamente; al Nor-Oeste, lote doce; y al Nor-Este parte del lote catorce, todo según plano citado. Superficie Total: 255,15 metros cuadrados. Partida de impuesto inmobiliario Nº 17-19-00-378942/0031-5. Inscripto en el Registro General de Rosario al Tomo 543, Folio 244, Dpto. Gral. López.-
Artículo 2do..- La validez de la donación que se autoriza por la presente, tendrá un plazo efectivo ha vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016; vencido dicho plazo sin que se haya concretado la obra de construcción de un local para el funcionamiento de una Agencia de Extensión del I.N.T.A. en Villa Cañás, la Donación quedará sin efecto por incumplimiento del cargo impuesto, recuperando automáticamente la Municipalidad el pleno dominio del inmueble. El mismo efecto de recuperación por parte del Municipio, tendrá lugar en caso de que el Municipio sea informado formalmente de que haya quedado sin afecto la re-apertura de dicha Unidad en Villa Cañás.-
Artículo 3ro..- Publíquese, comuníquese, archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil once.-