Ordenanza Nº 839/11

VISTO:

 

El convenio de dación en Pago suscripto entre el Municipio y el Fideicomiso “Torre Jardín”, en virtud de la propuesta formulada por su Administrador C.P. Juan Carlos Garugno, mediante Expediente Nº 005/11C, consistente en entregar al Municipio, en concepto de pago parcial del Derecho de Edificación, la cantidad de 800m3 (Ochocientos metros cúbicos) de tierra proveniente de la excavación del inmueble sito en calle 48 y 55 de Villa Cañás, en el que se construirá el edificio del Fideicomiso; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, consultada la Secretaría de Obras y Servicios Públicos acerca de la viabilidad y conveniencia de la oferta formulada, aquella ha informado que la tierra resulta necesaria para diversas obras en ejecución o que se proyectan ejecutar en el futuro próximo, y asimismo para atender la demanda de tierra de los vecinos vinculada con la obra de cloacas y el relleno de pozos ciegos, y para obras de construcción particulares;

 

Que, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos ha manifestado también la dificultad que implica conseguir tierra y los mayores costos que  insume cuando hay faltante y se requiere la utilización de maquinaria y personal municipal;

 

Que, de común acuerdo el oferente y el Municipio, teniendo en cuenta la normativa vigente, han determinado el valor de la tierra ofrecida en la suma de $14.586,25 (Pesos Catorce Mil Quinientos Ochenta y Seis con Veinticinco Centavos), monto a imputarse como pago parcial y a cuenta de mayor cantidad del Tributo de “Derecho de Edificación” que al contribuyente le corresponde abonar al Municipio, conforme la determinación que se realice una vez que el Contribuyente presente la documentación pertinente por ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Villa Cañás;

 

Que, el Departamento Ejecutivo Municipal considera que la oferta es conveniente para el Municipio, y que asimismo resulta de utilidad para el contribuyente;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás,  en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- RATIFÍCASE el convenio de DACIÓN EN PAGO suscripto entre la Municipalidad de Villa Cañás, representada por el Sr. Intendente Municipal Jorge Antonio Sesnich y el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos Ing. Ernesto José Di´Staso, y el Fideicomiso “Torre Jardín”, representado por su Administrador C.P. Juan Carlos Carugno, ad referéndum del Honorable Concejo Municipal, que en copia se adjunta formando parte integrante de la presente.-

 

Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.- 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil once.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 423.I.11

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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