Ordenanza Nº 836/11

VISTO:

 

La donación efectuada por FUMISEM S.R.L. consistente en los Lotes Nº I, II, III, IV, V, VI y VII (con una superficie total de 15.611,20 m2) afectados a calle pública, y los lotes A, B, C, D, E, F y G (con una superficie total de 10.270,60 m2) a destinarse a espacios verdes, del terreno inscripto en el Registro General de Rosario al Tomo 552, Folio 249, Nº 329.393,- Departamento General López, Lote Nº 3 s/pl. Nº 83.904/48, P.I.I.Nº 17-19-00-380.057/0000-1, nomenclatura catastral: Manzana 0237 Parcela 00003, todo ello conforme plano de mensura y subdivisión del Agrimensor Jorge H. Galván del mes de diciembre de 2.010 a inscribir por ante el Departamento de Topografía del Servicio de Catastro e Información territorial de la Provincia de Santa Fe; y

 

 

CONSIDERANDO: 

Que, para la aceptación de la mencionada donación, es menester que se someta a este Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente, a través de la normativa  que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39º, inciso 8 de la Ley Nº 2756;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás,  en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Acéptese la donación efectuada por FUMISEM S.R.L., conforme presentación de su Socio Gerente Luis Alberto Spurio, D.N.I. 11.063.781, consistente en los Lotes Nº I, II, III, IV, V, VI y VII (con una superficie total de 15.611,20m2) afectados a calle pública, y los lotes A, B, C, D, E, F y G (con una superficie total de 10.270,60m2) a destinarse a espacios verdes, del terreno inscripto en el Registro General de Rosario al Tomo 552, Folio 249, Nº 329.393,- Departamento General López, Lote Nº 3 s/pl. Nº 83.904/48,  P.I.I. Nº  17-19-00-380.057/0000-1, nomenclatura catastral: Manzana 0237 Parcela 00003, todo ello conforme plano de mensura y subdivisión del Agrimensor Jorge H. Galván del mes de diciembre de 2.010, a inscribir por ante el Departamento de Topografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, y que se adjunta a la presente..

 

Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.- 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil once.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 419.I.10

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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