VISTO:
La necesidad de simplificar los trámites respectivos, a los fines de suscribir con la Dirección Provincial de Vialidad, convenios que tengan como objetivo, la ejecución de trabajos de Conservación, Obras Completarías de la Red Vial Provincial y/o Reparación de Equipos Viales de Titularidad de la D.P.V.; y
CONSIDERANDO:
Que, resulta necesario, a tenor del principio de inmediatez, la delegación de ejecución de los trabajos sobre la red vial provincial;
Que, ello redundará, en una mejora en el servicio de las vías comunicacionales, y de esta manera generar una mayor fluidez en la circulación del tránsito que permita el normal desarrollo del sistema productivo y usuarios en general de la región;
Que, para ello se hace necesario y/o conveniente, que este H. Concejo Municipal, otorgue facultades al Sr. Intendente Municipal, para que la represente y realice todos los actos necesarios para el fiel cumplimiento del objeto que la D.P.V. pretende delegar;
Así también, autorizar a percibir los importes derivados de las certificaciones respectivas por los trabajos realizados;
Que, ante las obligaciones que asume el Órgano Municipal, mediante la suscripción de los respectivos convenios, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a esta Municipalidad, en caso que fuera necesario resarcir por Daños y perjuicios que pudieran suscitarse;
Que, sin perjuicio de las facultades otorgadas a todos los efectos al Sr. Intendente Municipal, en pos de dar celeridad y continuidad a las gestiones administrativas con la DPV; y, ante la ausencia de la máxima autoridad municipal, resulta necesario delegar en la persona de la SECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS, Ing. TAMARA MAGALI ANDREANI, la suscripción de los certificados correspondientes por trabajos realizados;
Que, evaluados los beneficios que traerá aparejado la concreción de los trabajos sobre la red vial, la producción, los usuarios y el interés público;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Facúltase al Señor Intendente de la Municipalidad de Villa Cañás, a realizar todos los actos necesarios para la instrumentación del o los convenios, y sus respectivas prorrogas y/o sus derivaciones con la Dirección Provincial de Vialidad, en cumplimiento de la ejecución de los trabajos de Conservación, Obras Complementarias de la Red Vial Provincial y/o Reparación de Equipos Viales de Titularidad de la DPV, según el plan a establecerse de común acuerdo entre partes; y a la suscripción y percepción de los montos de certificaciones como contraprestación de los trabajos realizados.-
Artículo 2do..- Autorizar a la Secretaria de Servicios Públicos, Ing. TAMARA MAGALI ANDREANI, y/o a quien el Sr. Intendente Municipal designe, a suscribir las respectivas certificaciones por los trabajos realizados.-
Artículo 3ro..- Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad a utilizar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, en caso de que fuera necesario resarcirse por daños y perjuicios que le pudiere ocasionar.-
Artículo 4to..- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los doce días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.-