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Ordenanza Nº 1194/18

VISTO:

             La Ordenanza Nº 686/05 que además de crear la Unidad de Cuenta Obra de Cloacas –UCOC- establece el régimen de CONTRIBUCION DE MEJORAS para la ejecución y cobro de la Obra de Cloacas; y

CONSIDERANDO:

            Que, en el artículo 2º de la ordenanza 686/05 se contemplan los distintos casos de los inmuebles ante la Contribución de Mejoras;

La aparición en el mercado inmobiliario local de loteos privados;

Que, al solicitante de estos loteos privados se le exige como condición sine qua non la ejecución de ciertos servicios básicos, entre ellos el tendido de la red cloacal en la totalidad de la cuadrícula que se pretende lotear;

Que, este hecho crea una nueva situación de algunos inmuebles ante la Contribución de Mejoras no contemplada en la Ordenanza 686/05, situación que debe ser subsanada en lo inmediato;      

 Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Inclúyase en la redacción de la ordenanza Nº 686/05 en el artículo 2º un nuevo inciso que será el siguiente:

    “ 2.11 .-Los inmuebles que provengan de loteos privados en los que el tendido de la red   cloacal primaria se haya realizado por cuenta del propietario, según indicaciones del municipio y de la Cooperativa de Agua Potable y Servicios Públicos, tributarán el ochenta y tres por ciento (83%) de la contribución total resultante.”

 

 

Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 1.928.C.18