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Ordenanza Nº 1190/18

 

VISTO:

Las Ordenanzas Nº 551/98, 686/05, 688/06, 691/06, 693/06, 715/07, 717/07 y 718/07, 753/08, 774/09, 823/10, 841/11, 858/11, 872/12, 883/12, 926/12, 942/13 y 968/14, 998/14 a través de las cuales se proyectó y se ejecutó la Primera, Segunda y Tercer Etapa y Ampliación de la Tercer Etapa de la Obra de Desagües Cloacales; y

CONSIDERANDO:

Que, siempre ha sido preocupación  de la administración Municipal el desarrollo de las Obras de infraestructura de la ciudad y fundamentalmente las destinadas al saneamiento ambiental que van orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de esta ciudad;

Que, la disposición final de las aguas servidas de uso domiciliario es un problema para el medio ambiente, y que en nuestra comunidad paulatinamente se pudo ir solucionando con la obra de infraestructura en la que ha venido trabajando en forma conjunta con la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañás Limitada, tendientes a la Ampliación de la Tercera Etapa de la obra “DESAGÜES CLOACALES”;

Que, la presente obra es de interés Municipal extenderla a los distintos Barrios Municipales por lo que no se tramitara bajo el régimen de contribución de mejoras;

   Por todo ello, el Honorable  Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la realización de la Obra Pública denominada “DESAGÜES CLOACALES DE LA CIUDAD DE VILLA CAÑÁS – AMPLIACIÓN TERCERA ETAPA - BARRIO VECINAL” a cuyo fin declárase la misma de UTILIDAD PÚBLICA  PARA LOS VECINOS.-

Artículo 2do..- La misma no se llevará a cabo bajo el REGIMEN DE CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS y abarcará el sector comprendido entre:

 

 

     Anexo CUADRAS - Zona 3

 

MANZANA

CALLE

233 A

52 Bis

233 A

43

233 A

52

233 A

43 Bis

235 B

52 Bis

235 B

41 Bis

235 B

52

235 B

43

235 A

52 Bis

235 A

41

235 A

52

235 A

41 Bis

 

TOTAL DE CUADRAS                      12

Artículo 3ro..-  Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 726.I.18