VISTO:
Que, es necesario contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2.018; y
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 2.756 Orgánica de Municipalidades, el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de recursos ha sido elevado para su consideración;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Fíjase en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL ($ 169.610.000.-) el total de las Erogaciones del presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.018 conforme al siguiente resumen que analíticamente se desagrega de la Administración Municipal en planillas anexas a la presente Ordenanza: |
RENTAS |
Generales |
Especiales |
Total |
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EROGACIONES CORRIENTES |
135.324.000 |
45.000 |
135.369.000 |
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OPERACIÓN |
119.097.000 |
|
119.097.000 |
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Personal |
93.783.000 |
|
93.783.000 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Bs. y Serv. no personales |
25.314.000 |
|
25.314.000 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
INTERESES DE DEUDAS |
1.462.000 |
|
1.462.000 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
TRANSFERENCIAS |
8.383.000 |
45.000 |
8.428.000 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
A CLASIFICAR |
6.382.000 |
|
6.382.000 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
EROGACIONES DE CAPITAL |
24.945.000 |
9.296.000 |
34.241.000 |
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INVERSIONES REALES |
23.570.000 |
9.296.000 |
32.866.000 |
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Bienes de capital |
2.917.000 |
|
2.917.000 |
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Trabajos Públicos |
20.653.000 |
9.296.000 |
29.949.000 |
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BIENES PREEXISTENTES |
200.000 |
|
200.000 |
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Inv. Financiera |
10.000 |
|
10.000 |
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A CLASIFICAR |
1.165.000 |
|
1.165.000 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
TOTAL |
160.269.000 |
9.341.000 |
169.610.000 |
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Artículo 2do..- Estímase en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL ($ 139.857.000-), el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza, |
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Artículo 3ro..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo Financiero:
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
Total de Erogaciones del Art. 1 |
160.269.000 |
9.341.000 |
169.610.000 |
Total de Recursos del Art. 2 |
139.857.000 |
- |
139.857.000 |
NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO |
20.412.000 |
9.341.000 |
29.753.000 |
Artículo 4to..- Fíjase en la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 1.895.000.-) el importe de Otras Erogaciones que se detallan con desagregación analítica en los cuadros siguientes:
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
EROG P/ATENDER LA AMORTIZAC. DE LA DEUDA RG |
1.895.000 |
- |
1.895.000 |
Artículo 5to..- Estímase en la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 31.648.000.-), el Financiamiento de la administración municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación, y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
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I APORTES NO REINTEGRABLES 13.387.984 |
4.249.000 |
17.636.984 |
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||
II USO DEL CREDITO 8.919.016 |
5.092.000 |
14.011.016 |
|
||
TOTAL DEL FINANCIAMIENTO 22.307.000 |
9.341.000 |
31.648.000 |
|
||
Artículo 6to..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 4º y 5º de la presente Ordenanza estímase el Financiamiento Neto de la administración en la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL ($ 29.753.000.-), destinado a la atención de la necesidad del financiamiento establecido en el artículo 3º de la presente Ordenanza conforme el resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:
Rentas |
Generales |
Especiales |
Total |
I TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART 5º |
22.307.000 |
9.341.000 |
31.648.000 |
II TOTAL DE OTRAS EROGACIONES S/ART 4 |
1.895.000 |
- |
1.895.000 |
III TOTAL FINANCIAMIENTO NETO |
20.412.000 |
9.341.000 |
29.753.000 |
Artículo 7mo..- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el artículo 1º de la presente Ordenanza, en la medida que las mismas resulten indispensables para el desenvolvimiento de los servicios y que el comportamiento esperado en la percepción de los Recursos permitan garantizar en atención, dando cuenta de todo ello al Honorable Concejo Municipal dentro de los treinta (30) días siguientes.-
Artículo 8vo..- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, Provincia, o Entes descentralizados, deberán ajustarse, en cuanto a su momento y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material y jurídicamente asegurada dentro del ejercicio.-
Artículo 9no..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias e incrementando las ya previstas cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a leyes, decretos, convenios nacionales o provinciales en vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto dispongan el Gobierno Nacional, Provincial y/o Entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.-
Artículo 10mo..- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer ajustes presupuestarios entre las normas fijadas en los artículos 1º y 5º, cuando se trate de partidas figurativas. Estos ajustes serán comunicados al Honorable Concejo Municipal en los plazos del artículo 7º.-
Artículo 11ro..- Fíjase en ciento diez (110) el número de cargos de la planta permanente municipal.-
Artículo 12do.- Fíjase en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL ($ 2.807.000.-) el presupuesto del Honorable Concejo Municipal.-
Artículo 13ro.- El presupuesto fijado en la presente Ordenanza incluye en OTRAS EROGACIONES – EROGACIONES PARA ATENDER LA AMORTIZACION DE LA DEUDA la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 283.384.-) con destino a atender sentencias judiciales, allanamientos y reconocimientos administrativos que impongan al municipio hacer frente a sumas de dinero. Este crédito representa el límite máximo establecido para dichos pagos.-
Artículo 14to..- Mantiénese en vigencia para el ejercicio 2.018 el Clasificador uniforme de la estructura del Presupuesto y sus conceptualizaciones.-
Artículo 15to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los doce días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.-