Mediante Ordenanza Nº 685/05 se autorizó al Sr. Intendente Municipal a suscribir un contrato de compraventa con el Sr. Marcos Antonio Gonzalez – DNI Nº 6.143.633 de una fracción de terreno de 12,70 metros por 5, 11 metros aproximadamente, que es parte del espacio público, lindante al inmueble de su propiedad, donde por error se ha extendido la construcción de la mencionada estación;
Que el comprador ha cumplimentado con todas sus obligaciones establecidas en el Boleto de compraventa, estando en condiciones de ser escriturado a su nombre, debiéndose a tal efecto, desafectarlo del carácter que tiene de “Espacio Público”;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro.- Desaféctese de su carácter de Espacio Público a la Fracción de Terreno identificada como Lote 1 del plano del Agrimensor Jorge H. Galván, de fecha marzo de 2006, que posteriormente se inscribirá en el S.C.I.T. de la Provincia de Santa Fe, cuyas medidas son: Lado CB = doce metros con setenta centímetros (12,70 mts.); CD = cinco metros con once centímetros (5,11 mts.); DE = cinco metros con sesenta centímetros ( 5,70 mts.) y EB = ocho metros con nueve centímetros (8,09 mts.) encerrando una superficie de treinta y tres metros con cinco centímetros (33,05 mts.) cuadrados, colindante con la parcela 0001 Manzana 0245, Sección 01 perteneciente al Señor Marcos Antonio Gonzalez.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil seis.-