ANTECEDENTES:
La Ley Nº 12.385, sus modificatorias y reglamentaciones, por la que se crea un fondo para la ejecución de obras y compra de equipamiento;
Nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;
EL Departamento Ejecutivo Municipal ha evaluado las obras públicas prioritarias y las necesidades de equipos que permitan mejorar los servicios que hoy se brindan. De esa evaluación surge la decisión de incorporar un utilitario apto para el transporte de personas;
Esta incorporación se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo;
Nuestra localidad tiene disponible los fondos del ejercicio 2.009;
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Solicítase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley Nº 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 1123/08, el aporte no reintegrable de pesos ciento noventa y tres mil novecientos cuarenta y ocho con 80/100 ($ 193.948,80) correspondientes al año 2009 para la adquisición de una unidad de traslado de personas nueva.-
Artículo 2º: Facúltase al señor Intendente Municipal a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento parcial de la adquisición que se mencionan en el artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimento a lo establecido en la presente.-
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil once.-