VISTO:
La Obra de Cloacas que se está ejecutando en nuestra ciudad;
La Ley Nº 11.220, que en su artículo 54º establece los Reglamento del Usuario y el Régimen Tarifario;
Las Ordenanzas Nº 686/05, Nº 688/06, Nº 691/06, Nº 717/07, 753/08, 774/09, 823/10, 841/11 y 858/11 que regulan los diferentes temas y aspectos vinculados con la obra de cloacas en nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que, en el período transcurrido desde el último aumento a la fecha, el “Índice del Costo de la Construcción”, que representa los valores de referencia para los insumos utilizados en la obra y que a la postre constituye los elementos de la estructura de costo con mayor incidencia relativa en el valor final, presenta un incremento constante;
Que, asimismo, los demás costos, tales como la mano de obra, el mantenimiento de los equipos, combustible, así también como los demás rubros que componen el costo de la Contribución también han sufrido incremento como lo mencionado en el párrafo anterior;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Establécese a partir del día 01/04/2012 el valor de la Unidad de Cuenta Obra de Cloacas (UCOC) en un peso con 56/100 ($ 1,56).-
Artículo 2do..- Establécese a partir del día 01/06/2012 el valor de la Unidad de Cuenta Obra de Cloacas (UCOC) en un peso con 82/100 ($ 1,82).-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil doce.-